Pasaporte para menores de edad: consentimiento de padres

¿Basta con que vaya uno de los padres? Para el pasaporte de menores, no: ambos padres dan su consentimiento en la oficina de la SRE o, si uno no puede ir, ante otra oficina de pasaportes, un consulado o un notario. En 2026 cuesta $920 (1 año), $1,795 (3 años) o $2,440 (6 años).

Esa regla viene del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, y es la que más trámites detiene en ventanilla. La SRE no expide un pasaporte infantil con la firma de un solo progenitor salvo que el otro haya muerto, haya perdido la patria potestad o un juez haya suplido su consentimiento. Lo que sigue explica cada situación familiar y qué papel resuelve cada una, para que llegues a la cita con el documento correcto.

Cuando los dos padres pueden ir a la cita

Es el caso más sencillo. El niño, la niña o el adolescente acude con su madre y su padre a la oficina donde se agendó la cita, y ahí mismo ambos llenan y firman el formato de consentimiento que la SRE pone a su disposición (artículo 19 del Reglamento). No hay que llevarlo hecho de casa.

La documentación que pide la hoja oficial de la SRE para primera vez, versión enero de 2026, es esta:

  • CURP certificada del menor, con la leyenda «verificada con el Registro Civil».
  • Acta de nacimiento certificada. La oficina puede consultarla directamente en sus bases de datos; si no la encuentra, te la pedirá en copia certificada en ese momento.
  • Una identificación del menor con fotografía, en original y copia: certificado o credencial escolar con sello de una escuela incorporada a la SEP, constancia de estudios de no más de 90 días, credencial de servicios médicos de una institución pública o la credencial nacional de discapacidad del DIF.
  • CURP certificada de cada uno de los padres.
  • Identificación oficial vigente de cada padre (INE, pasaporte, cédula profesional, INAPAM, matrícula consular, entre otras), con el nombre escrito igual que en el acta del menor.
  • Comprobante del pago de derechos.

Para menores de 7 años sin credencial escolar existe una salida: una constancia del pediatra o del médico que atendió el parto, en hoja membretada, con cédula profesional, fotografía del niño sellada o firmada por el médico y copia de su cédula. Tiene que usarse dentro de los 90 días naturales siguientes a su expedición. La cartilla de vacunación no sirve como identificación, aunque tenga foto.

Si uno de los padres vive en otra ciudad o en el extranjero

Aquí entra lo que en los consulados se conoce como formato OP-7. El artículo 19 del Reglamento permite que el padre o la madre que no puede acompañar al menor por estar en otra ciudad otorgue su consentimiento por separado:

  1. En México, ante cualquier oficina de pasaportes de la SRE o ante notario público.
  2. En el extranjero, ante un consulado de México.

El documento debe decir expresamente que autoriza la expedición del pasaporte, señalar la vigencia que se autoriza y llevar la firma autógrafa o, si la persona no sabe escribir, su huella. Se anexa copia de una identificación oficial vigente de quien firma.

El punto crítico es el plazo. Según el artículo 20, el consentimiento firmado en una oficina de la SRE o en un consulado se debe usar dentro de los 90 días naturales siguientes. Si se otorgó ante notario, el testimonio o copia certificada vale solo 30 días naturales desde que se autorizó la escritura. Muchas familias pagan al notario, dejan pasar la cita y descubren que el poder ya no sirve.

Situación de la familiaQué se presentaPlazo para usarlo
Ambos padres en la citaFirman el formato en la oficinaEl mismo día
Uno en otra ciudad de MéxicoConsentimiento en otra oficina de pasaportes90 días naturales
Uno en otra ciudad, ante notarioTestimonio o copia certificada notarial30 días naturales
Uno en el extranjeroConsentimiento ante consulado mexicano90 días naturales
Uno de los padres fallecióCopia certificada del acta de defunciónNo vence
Pérdida o suspensión de la patria potestadCopia certificada de la sentencia y del auto que la declara ejecutoriadaNo vence
El otro padre se niega o no apareceCopia certificada de la autorización judicialLa vigencia la fija el juez

Qué hacer si el otro padre no quiere firmar o no se sabe dónde está

Esta es la situación que más angustia genera, y la respuesta legal es una sola: la falta de consentimiento de uno de los padres solo se suple con autorización judicial (último párrafo del artículo 20). Ni una carta simple, ni una denuncia por abandono, ni la custodia de hecho bastan.

El juez familiar puede autorizar la salida del país y la expedición del pasaporte. Con la copia certificada de esa resolución, la SRE expide el documento por el tiempo que el juez haya autorizado (artículo 23). Si la sentencia limita el permiso a un viaje concreto, el pasaporte puede salir con una vigencia menor a un año.

Conviene no confundir dos cosas. Tener la guarda y custodia del hijo no quita la patria potestad al otro progenitor: los dos siguen firmando. Solo cuando la sentencia declara la pérdida o la suspensión de la patria potestad, quien la ejerce en exclusiva presenta esa resolución con su auto de ejecutoria y firma solo (artículo 21). Si la sentencia es de un tribunal extranjero, primero hay que homologarla ante un juez mexicano. Este tipo de casos sí amerita la orientación de un abogado familiar, y si no puedes pagarlo, pregunta en la defensoría pública o en el DIF de tu estado por asesoría en materia familiar.

Tutores, abuelos y adopciones

Cuando quien cuida al menor es un tutor, debe acreditarlo con copia certificada de la resolución judicial que le confirió la tutela y del auto en que causó ejecutoria o en que aceptó el cargo. El mismo requisito aplica cuando la patria potestad la ejercen los abuelos (artículo 22). Que el niño viva con ellos no basta.

En adopciones plenas, el acta de nacimiento ya muestra a los padres adoptivos y el trámite es igual al de cualquier familia. En adopciones que no son plenas se entrega además la copia certificada de la resolución judicial, su auto de ejecutoria y el acta del Registro Civil (artículo 25).

Hay un caso raro pero previsto: el menor emancipado por matrimonio tramita como adulto, sin consentimiento de los padres, y acredita esa situación con la copia certificada de su acta de matrimonio (artículo 27).

Vigencias y costos del pasaporte de menores en 2026

La edad del menor decide qué vigencias puede elegir. El pasaporte de 1 año es exclusivo para menores de 3 años; de los 3 a los 17 años solo se puede pedir de 3 o de 6. El de 10 años está reservado a mayores de edad (artículo 28 del Reglamento).

VigenciaPara quiénPago completoCon 50% de descuento
1 añoMenores de 3 años$920$460
3 añosMenores de cualquier edad$1,795$900
6 añosMenores de 3 años en adelante$2,440$1,220

El descuento del 50% aplica a menores con discapacidad que presenten la constancia o certificado de una institución pública de salud o la credencial nacional del DIF. Si el trámite se hace en una oficina de enlace estatal o municipal, ese gobierno puede cobrar un costo adicional por el servicio.

Un cálculo frecuente: Maricela, odontóloga en Los Mochis, saca pasaporte para su hija de 8 años y su hijo de 2. A la niña le conviene el de 6 años ($2,440); el bebé solo puede tener el de 1 año ($920). En total paga $3,360 pesos. El próximo año tendrá que renovar el del niño, que para entonces ya tendrá 3 años y podrá sacar el de 3 o 6 años.

El pasaporte no es el permiso para viajar sin los padres

Con el pasaporte en la mano, la pregunta siguiente suele ser si el menor puede volar con la abuela, con un tío o en un viaje escolar. Son trámites distintos. El artículo 49 de la Ley de Migración establece que, si el menor sale del país acompañado de un tercero o solo, debe presentar el pasaporte y la autorización de quienes ejercen la patria potestad otorgada ante notario o ante una autoridad facultada. Las aerolíneas están obligadas a verificar ese documento antes de abordar (artículo 42 del Reglamento de la Ley de Migración).

El INM tiene un Formato de Autorización de Salida del país de niñas, niños y adolescentes, cuyo derecho en 2026 es de $294.01 por formato según el artículo 13 de la Ley Federal de Derechos. Si el menor viaja con al menos uno de sus padres, no hace falta.

Preguntas frecuentes

¿El padre que no va a la cita puede mandar una carta firmada?

No. Una carta simple, aunque lleve copia de la INE, no cumple el Reglamento. El consentimiento por separado solo vale si se firma ante una oficina de pasaportes de la SRE, ante un consulado o ante notario público, y en esos dos primeros casos se usa dentro de 90 días naturales. Si el padre vive en Estados Unidos, lo habitual es que acuda al consulado mexicano que corresponde a su domicilio, previa cita.

¿Qué pasa si los apellidos del padre en su INE no coinciden con el acta del hijo?

La hoja de requisitos de la SRE pide que los datos de la identificación de cada padre coincidan fielmente con el nombre asentado en el acta del menor. Una letra de diferencia o un segundo nombre omitido puede detener el trámite. Antes de la cita, compara las dos actas y las identificaciones; si el error está en el acta, se corrige en el Registro Civil. Nuestra guía para corregir el acta de nacimiento explica la vía administrativa y la judicial.

¿Se puede renovar el pasaporte de un menor solo con uno de los padres?

Tampoco. El artículo 30 del Reglamento exige para la renovación los mismos requisitos de consentimiento que para la primera vez. La única diferencia es que se entrega el pasaporte anterior con su copia, y ese documento sirve como identificación del menor si sus datos no han cambiado. Las reglas de renovación de adultos y menores están en la guía para renovar el pasaporte mexicano.

Mi hijo nació en el extranjero, ¿puede sacar pasaporte mexicano?

Sí, siempre que tenga la nacionalidad mexicana acreditada: acta de nacimiento expedida por un consulado o por el Registro Civil mexicano tras inscribir el nacimiento. Con eso, el trámite de pasaporte sigue las mismas reglas de consentimiento que en México. Si el registro del nacimiento se hizo más de dos años después de la fecha en que ocurrió, la SRE pide un documento complementario, así que conviene revisarlo antes de agendar.

¿Cuánto tiempo es válida la constancia escolar como identificación?

La constancia del grado de estudios debe usarse dentro de los 90 días naturales desde su expedición, con fotografía del menor cancelada con el sello oficial de la escuela y el número de incorporación a la SEP. Las de guarderías o maternales no se aceptan. La credencial escolar vigente es más cómoda porque no tiene ese plazo, y en formato digital se acepta aunque el sello no cruce la fotografía.


Los requisitos generales del primer pasaporte, la cita y los pagos los tienes en cómo sacar tu pasaporte mexicano por primera vez. La cita se agenda gratis en el sistema de citas de la SRE o en el 55 8932 4827, y el texto del Reglamento de Pasaportes está publicado en el portal de normas del Gobierno federal. Para el resto de trámites de este documento, consulta la sección de pasaporte mexicano.

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