El matrimonio civil en México exige tener 18 años cumplidos, actas de nacimiento, identificación oficial y un convenio sobre los bienes de la pareja. El costo lo fija cada estado: en la Ciudad de México, en 2026, la ceremonia cuesta $1,652 pesos en un juzgado del Registro Civil y $3,319 a domicilio.
Lo demás cambia según la entidad, porque cada estado tiene su propio Código Civil y su propia ley de ingresos. Un mismo trámite puede pedir certificado médico en un estado y no en otro, o testigos aquí y allá no. Por eso esta guía separa lo que es común en todo el país de lo que conviene confirmar en el juzgado donde te vas a casar, y usa la Ciudad de México como ejemplo concreto porque publica sus requisitos y tarifas oficiales en línea.
Requisitos del matrimonio civil en todo el país
El punto de partida es la edad. Desde la reforma de 2019, el Código Civil Federal fija en 18 años la edad mínima para casarse y derogó las dispensas y el consentimiento de los padres que antes permitían casar a menores. Es también la edad que piden los juzgados estatales que publican sus requisitos, como el de la Ciudad de México.
El trámite empieza con una solicitud firmada por ambos ante el juez del Registro Civil del domicilio de cualquiera de los dos. En ella declaran sus datos, que no tienen impedimento legal para casarse y que es su voluntad unirse en matrimonio. A esa solicitud se acompañan documentos que, con variaciones, se repiten en todos los estados:
- Acta de nacimiento de cada contrayente, en copia certificada.
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- El convenio sobre el régimen de bienes, que es obligatorio aunque no tengan bienes todavía.
- En muchos estados, testigos que conozcan a la pareja: el Código Civil Federal pide dos, y dos por cada contrayente el día de la ceremonia.
- En varios estados, un certificado médico prenupcial.
Los impedimentos están en el artículo 156 del Código Civil Federal y sus equivalentes estatales: no tener la edad, el parentesco cercano por consanguinidad o afinidad, estar casado con otra persona, entre otros. Si alguno de los dos ya estuvo casado, hay que acreditar cómo terminó ese matrimonio, con el acta de divorcio, la sentencia o el acta de defunción del cónyuge anterior. Si el matrimonio anterior terminó de común acuerdo y sin hijos menores, lo habitual es el divorcio administrativo ante el propio Registro Civil.
Requisitos y costos en la Ciudad de México
La capital tiene un formato en línea para iniciar la solicitud de registro de matrimonio y publica la lista completa de requisitos. Esto es lo que pide:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Edad | Ambas personas, mayores de 18 años |
| Identificación oficial | INE, pasaporte, licencia de conducir, cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional |
| Actas de nacimiento | Copia certificada de las dos personas |
| Curso prenupcial | Participación en el curso que imparten los jueces del Registro Civil |
| Comprobante de domicilio | De la Ciudad de México, con antigüedad no mayor a tres meses |
| Constancias del REDAM | Del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, expedidas por el Registro Civil |
| Pago de derechos | Según el lugar de la ceremonia |
Las cuotas vigentes en 2026, según el catálogo de conceptos de la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX, son estas:
| Concepto | Costo 2026 |
|---|---|
| Matrimonio en oficina del Registro Civil | $1,652 |
| Matrimonio a domicilio | $3,319 |
| Matrimonio fuera de la circunscripción del juzgado | $10,153 |
| Cambio de régimen patrimonial ya casados | $3,319 |
| Copia certificada de acta | $98 |
Un detalle práctico: la página de solicitud del Registro Civil todavía mostraba a principios de octubre de 2026 las cuotas del año anterior ($1,590, $3,194 y $9,771). La línea de captura que genera Finanzas es la que vale, así que no te sorprendas si la cifra es un poco mayor. Y el pago se hace con esa línea en bancos o tiendas autorizadas, nunca en efectivo dentro del juzgado.
Sociedad conyugal o separación de bienes
Es la decisión de fondo del trámite y la que más parejas toman a la carrera, el mismo día de la firma. El Código Civil Federal la hace obligatoria: no se puede dejar de presentar el convenio ni siquiera alegando que no hay bienes, porque entonces el convenio se refiere a lo que adquieran durante el matrimonio.
| Aspecto | Sociedad conyugal | Separación de bienes |
|---|---|---|
| Lo que compren casados | Es de los dos, en la proporción pactada | Es de quien lo compre y lo pague |
| Deudas | Se pacta si la sociedad responde de las anteriores y de las nuevas | Cada uno responde de las suyas |
| Al divorciarse | Hay que liquidar la sociedad y repartir | No hay nada que repartir, salvo bienes en copropiedad |
| Cuándo suele convenir | Si uno de los dos dejará de trabajar o ganará mucho menos | Si alguno tiene negocio propio, deudas o bienes previos importantes |
Las capitulaciones de la sociedad conyugal deben detallar qué bienes lleva cada uno, si entran solo los productos o los bienes completos, quién administra y qué pasa con el sueldo de cada uno. Existe además una separación parcial, en la que algunos bienes quedan fuera y el resto forma la sociedad.
Pongamos que Valeria, enfermera en un hospital de Puebla, y Rodrigo, que tiene un taller de herrería a su nombre con un crédito pendiente, van a casarse. Con sociedad conyugal pactada sobre todos los bienes, el taller y su deuda entrarían en la sociedad si así lo escriben. Con separación de bienes, el taller sigue siendo de Rodrigo y la deuda también. Ninguna opción es mejor en abstracto: depende de lo que tengan y de lo que planean.
El régimen se puede cambiar después de casados, y en la CDMX ese trámite tiene su propia cuota. Pero cambiarlo implica, en el caso de la sociedad, liquidarla y repartir lo que haya, así que es más sencillo decidirlo bien desde el principio.
Paso a paso para casarte por el civil
- Elige el juzgado. Debe ser del domicilio de cualquiera de los dos. Si quieren casarse en otra ciudad o en un salón fuera de la circunscripción, pregunten si es posible y cuánto cuesta.
- Reúne los documentos con tiempo, en especial las actas de nacimiento certificadas. Si naciste en otro estado, puedes descargar la tuya desde la plataforma nacional; en nuestra guía del acta de nacimiento en línea explicamos cómo.
- Cumple los requisitos previos del estado: curso prenupcial, análisis clínicos o certificado médico, constancia de no deudor alimentario, según lo que pida tu entidad.
- Redacten el convenio de bienes. El juzgado suele tener formato; si van a pactar algo especial, conviene llevarlo revisado.
- Presenten la solicitud y paguen los derechos. Ambos ratifican ante el juez sus firmas y, si aplica, los testigos ratifican su declaración.
- Celebren el matrimonio en el lugar, día y hora que fije el juzgado. El Código Civil Federal prevé que sea dentro de los ocho días siguientes a la solicitud; en la práctica, muchas parejas eligen la fecha desde el inicio.
- Pidan copias certificadas del acta. La necesitarán para dar de alta a su cónyuge como beneficiario en el IMSS o el ISSSTE, para trámites de vivienda o para el pasaporte si uno adopta el apellido del otro.
¿Qué pasa si…?
…uno de los dos es extranjero? Suelen pedirse documentos adicionales, como el acta de nacimiento extranjera apostillada o legalizada y traducida, y una identificación como el pasaporte. Los requisitos exactos los fija cada estado, así que pregunta en el juzgado antes de mandar a traducir nada.
…no tengo mi acta de nacimiento? Puedes sacarla en línea si tu registro está digitalizado, o en cualquier oficina del Registro Civil. Si hay errores entre tu acta y tu CURP, corrígelos antes (en la guía para corregir errores en la CURP tienes el procedimiento); un nombre escrito distinto en dos documentos detiene el trámite.
…nos casamos sin pensar en el régimen y queremos cambiarlo? Se puede. En la CDMX el cambio de régimen patrimonial es un trámite del Registro Civil con su propia cuota; en otros estados conviene preguntar ante quién se hace. Si hay bienes comunes, primero hay que liquidar la sociedad.
…queremos casarnos por la iglesia? El matrimonio religioso no tiene efectos civiles. Sin el acta del Registro Civil, para la ley no están casados.
Errores frecuentes
- Dejar el curso o los análisis para la última semana. En la CDMX el curso prenupcial es requisito, y en otros estados los análisis pueden tener una vigencia limitada. Revisa ambas cosas al fijar la fecha.
- Pagar a un intermediario. Ningún juez ni empleado puede cobrar en efectivo ni pedir una cantidad extra sobre la cuota oficial. Las bodas a domicilio también se pagan con línea de captura.
- Llevar actas con datos que no coinciden. Una tilde, un segundo nombre de más o una fecha distinta entre acta e identificación es motivo de rechazo.
- Firmar el convenio sin leerlo. Es un contrato que decide qué es de cada quien durante años. Si alguno tiene negocio o deudas, conviene consultarlo con un notario o un abogado antes de la cita.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta casarse por el civil en 2026?
Depende del estado y del lugar de la ceremonia. En la Ciudad de México cuesta $1,652 en el juzgado, $3,319 a domicilio y $10,153 fuera de la circunscripción del juez, según las tarifas oficiales de Finanzas CDMX. A eso hay que sumar las copias certificadas de las actas, el curso o los análisis que pida cada entidad y, si los usan, los honorarios de quien redacte unas capitulaciones especiales.
¿Cuántos testigos necesito para casarme?
El Código Civil Federal pide dos testigos que conozcan a la pareja al presentar la solicitud y dos por cada contrayente el día de la ceremonia, que deben identificarse. Cada estado aplica su propio código: algunos mantienen los testigos y otros los redujeron o eliminaron. La lista oficial de requisitos de la Ciudad de México no los incluye, así que confirma lo que pide el juzgado donde vas a casarte.
¿Es obligatorio el certificado médico prenupcial?
El Código Civil Federal lo exige, firmado por un médico titulado, y obliga a los médicos de los servicios de salud oficiales a expedirlo gratis a quien no pueda pagarlo. Pero cada estado decide en su propio código si lo pide, qué análisis incluye y cuánto tiempo vale. En la CDMX, la lista oficial actual pide el curso prenupcial y no menciona certificado médico.
¿Puedo casarme en un estado donde no vivo?
El juez competente es el del domicilio de cualquiera de los dos, así que, por regla general, al menos uno debe vivir en esa jurisdicción. En la CDMX se pide un comprobante de domicilio de la ciudad de no más de tres meses. Si quieren celebrar la boda en otra ciudad, lo habitual es tramitarla en su juzgado y pagar la ceremonia fuera de circunscripción, si el estado lo permite.
¿Cuánto tarda el trámite?
La ley federal prevé que la ceremonia se celebre dentro de los ocho días siguientes a la presentación de la solicitud completa, pero en la práctica el tiempo lo marcan la agenda del juzgado y los requisitos previos, como el curso prenupcial. Si tienes una fecha en mente, reserva con varias semanas de margen y pregunta si piden presentar documentos días antes de la ceremonia.
¿Qué documentos me sirven después de casarme?
La copia certificada del acta de matrimonio, que después puedes descargar en línea cuando la necesites. Con ella se da de alta al cónyuge como beneficiario de servicios médicos, se acredita el parentesco para una pensión de viudez y se actualizan otros registros. Si uno de los dos agrega el apellido del otro en su pasaporte, la SRE pide copia certificada del acta.
Tienes el resto de trámites de actas, correcciones y registros en la sección de Registro Civil. Si después de la boda alguno de los dos va a dar de alta al otro en sus servicios médicos, la guía del ISSSTE explica qué familiares pueden ser beneficiarios.
