INM y Migración en México: trámites del Instituto Nacional de Migración

El INM en México es el Instituto Nacional de Migración, órgano de la Secretaría de Gobernación que revisa quién entra y sale del país y resuelve las solicitudes de estancia de las personas extranjeras. Ante él se canjea la visa por la tarjeta de residente, se renueva y se cambia de condición migratoria.

Aquí reunimos lo que necesita saber una persona extranjera que vive, estudia o trabaja en México, o que planea hacerlo, y también la familia mexicana que quiere traer a su cónyuge, a sus hijos o a sus padres. El marco es la Ley de Migración, su Reglamento y los Lineamientos para la expedición de visas que la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores publicaron en el Diario Oficial el 25 de julio de 2025, que sustituyeron a los de 2014 y pasaron los montos de solvencia a días de UMA.

Qué hace el INM y qué no le toca

La Ley de Migración define al instituto como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación (artículo 19). Sus atribuciones están en el artículo 20 y, en la práctica, se traducen en cuatro tareas que cualquier extranjero se va a encontrar:

  • Control en los puntos de entrada: revisa pasaporte y visa en aeropuertos, puertos y garitas, y decide cuántos días autoriza a un visitante.
  • Trámites de estancia: expide y renueva las tarjetas de residente, autoriza cambios de condición y regulariza a quien quedó en situación irregular.
  • Registro Nacional de Extranjeros: lleva el padrón de residentes temporales y permanentes, y por eso hay que avisarle de cambios de domicilio, trabajo o estado civil.
  • Verificación y sanciones: impone multas y, en los casos que marca la ley, deporta.

Lo que no hace el INM es expedir la visa en el extranjero. Esa la da el consulado mexicano, dependiente de la SRE. Tampoco otorga la nacionalidad mexicana (eso es la carta de naturalización, también de la SRE) ni el pasaporte mexicano, que solo pueden sacar quienes ya son mexicanos. Confundir estas ventanillas es una forma segura de perder una cita.

Condiciones de estancia: cuál corresponde a cada caso

Toda persona extranjera que está en México tiene una “condición de estancia”. La ley las enumera en el artículo 52, y la diferencia entre unas y otras decide si puedes trabajar, cuánto tiempo puedes quedarte y si puedes salir y volver.

CondiciónCuánto tiempo¿Permite trabajar?Documento
Visitante sin permiso para actividades remuneradasHasta 180 díasNoSello o forma migratoria (FMM)
Visitante con permiso para actividades remuneradasHasta 180 díasSí, con la oferta que lo justificaDocumento de visitante
Residente temporalHasta 4 añosSolo si obtiene permiso ligado a una oferta de empleoTarjeta de residente temporal
Residente temporal estudianteLo que duren los estudiosEn nivel superior, posgrado e investigaciónTarjeta de residente temporal estudiante
Residente permanenteIndefinidaSí, en el caso de mayores de edadTarjeta de residente permanente

También existen el visitante regional y el trabajador fronterizo, pensados para nacionales de los países vecinos, y el visitante por razones humanitarias, que se concede a víctimas o testigos de delitos, a niñas y niños no acompañados y a solicitantes de refugio, entre otros supuestos.

¿La visa se pide en el consulado o en el INM?

Como regla general, en el consulado. El artículo 41 de la ley dice que las visas se solicitan en las oficinas consulares, donde hay una entrevista y se revisan los documentos. Hay tres excepciones en las que el trámite arranca en México, ante el INM: la unidad familiar (un mexicano o un residente pide la visa para su familiar), la oferta de empleo (la empresa la solicita para su futuro trabajador) y las razones humanitarias. Aun en esos casos, el INM solo autoriza; la visa la estampa después el consulado, que tiene 12 días hábiles para hacer la entrevista desde que la persona agenda su cita.

Hay un punto que sorprende a mucha gente. Quien entró como turista no puede quedarse en México y pedir aquí la residencia temporal: el artículo 53 de la ley prohíbe a los visitantes cambiar de condición, salvo que tengan vínculo con un mexicano o con un residente, o que se trate de razones humanitarias. Por eso una profesionista colombiana que llega con permiso de turista y consigue trabajo en Monterrey normalmente tiene que salir, tramitar la visa en un consulado y volver a entrar con ella.

Cuánto cuestan los trámites migratorios en 2026

Los derechos se pagan conforme a la Ley Federal de Derechos, que se reformó el 7 de noviembre de 2025 y subió de forma importante varias cuotas a partir del 1 de enero de 2026. Estas son las más consultadas:

Trámite ante el INMCuota 2026
Tarjeta de residente temporal, hasta 1 año$11,140.74
Tarjeta de residente temporal, 2 años$16,693.36
Tarjeta de residente temporal, 3 años$21,142.58
Tarjeta de residente temporal, 4 años$25,057.82
Tarjeta de residente permanente$13,578.96
Cambio de condición de estancia (además de la tarjeta)$1,847.13
Regularización (además de la tarjeta)$1,847.13
Reposición de tarjeta de residente$1,779.93
Permiso de salida y regreso$591.06

La misma ley prevé un descuento del 50% en las tarjetas de residente cuando la estancia se basa en la unidad familiar, en una oferta de empleo de un empleador con constancia vigente ante el INM o en una invitación para actividades sin ingresos. Los residentes temporales estudiantes no pagan la tarjeta. La renovación cuesta lo mismo que la expedición del periodo que se pide. Los derechos de la visa consular son aparte y se pagan en la moneda local del país donde está el consulado.

Tus obligaciones una vez que tienes la tarjeta

Obtener la residencia no es el final del trámite. La Ley de Migración fija dos plazos que conviene tener anotados.

El primero: 30 días naturales desde que entras con la visa para acudir al INM y canjearla por la tarjeta (artículo 59). Si se pasa ese plazo, ya no estás ante un canje sencillo sino ante un problema de regularización.

El segundo: 90 días para avisar al INM de cualquier cambio de estado civil, nacionalidad, domicilio o lugar de trabajo (artículo 63). No avisar, o hacerlo tarde, se sanciona con una multa de 20 a 100 días de salario mínimo según el artículo 158, que con la UMA de 2026 equivale a entre $2,346.20 y $11,731 pesos.

Con la tarjeta en mano, la ley reconoce además el derecho a obtener la CURP, que después te van a pedir en el banco, en la escuela de tus hijos o para darte de alta en el IMSS. Si vas a facturar o a trabajar con recibo de nómina, el siguiente paso es inscribirte en el RFC del SAT.

Errores y riesgos que más se repiten

Buena parte de los problemas con el INM no vienen de requisitos difíciles, sino de detalles de calendario o de documentos:

  1. Dejar vencer la tarjeta estando fuera del país. El Reglamento permite volver a entrar con la tarjeta vencida solo si no han pasado más de 55 días naturales desde el vencimiento, y entonces hay que pedir la renovación dentro de los 5 días hábiles siguientes. Con más tiempo, ya no se permite el ingreso con ese documento.
  2. Renovar a destiempo. La renovación de la residencia temporal se pide dentro de los 30 días naturales anteriores al vencimiento.
  3. Usar gestores que prometen “arreglar” papeles. Presentar documentos falsos o conseguidos de forma fraudulenta es causa de cancelación de la residencia y de deportación (artículos 64 y 144 de la ley), aunque los haya conseguido un tercero.
  4. Traducir mal los documentos. Las actas expedidas fuera de México suelen requerir apostilla o legalización y traducción; un acta sin estos requisitos puede llevar a que el INM pida información adicional y el trámite se alargue.

Preguntas frecuentes sobre el INM

¿Dónde está la oficina del INM que me corresponde?

El trámite se presenta en la oficina del INM de la entidad donde vives. El formato de solicitud se llena en línea, en el portal de trámites del INM, y se imprime y firma para llevarlo a la oficina con el resto de los documentos. La cita y los horarios los define cada oficina; en las ciudades grandes conviene presentarse temprano y con copias de todo, porque cualquier faltante obliga a regresar otro día.

¿El INM puede negar un trámite?

Sí. Si no cumples los requisitos o apareces en las listas de control migratorio, el instituto emite una resolución fundada. Cuando la negativa llega y tu documento ya está vencido, el Reglamento te da un plazo de entre 20 y 30 días naturales para salir del país, solicitar la regularización o impugnar la decisión. Si todavía estaba vigente, conservas tu condición hasta que venza.

¿Puedo trabajar con la residencia temporal?

Solo si tienes permiso de trabajo, y ese permiso está ligado a una oferta de empleo concreta. Quien obtuvo la residencia por solvencia económica, por ejemplo, puede vivir en México pero no tiene permiso automático para trabajar. El permiso para realizar actividades remuneradas se solicita ante el INM y su derecho cuesta $4,340.77 en 2026.

¿Mis hijos pueden vivir conmigo si soy residente temporal?

Sí. La ley reconoce la unidad familiar: pueden residir contigo tus hijos menores de edad que no se hayan casado, los hijos de tu cónyuge o pareja, tu cónyuge o concubino y tus padres. Ellos reciben la residencia temporal por el tiempo que dure la tuya. Los menores de tres años solo obtienen tarjeta anual y deben renovarla cada año hasta cumplir esa edad.

¿Cuándo puedo pasar a residente permanente?

La vía más común es completar cuatro años como residente temporal. Hay atajos: el cónyuge o concubino de un mexicano o de un residente permanente puede pedir el cambio a los dos años, si el vínculo sigue vigente, y los jubilados o pensionados con ingresos suficientes pueden obtener la permanente desde el principio. Tener un hijo mexicano por nacimiento también da derecho a la residencia permanente.


Si tu caso tiene matices, como antecedentes migratorios, un divorcio en trámite o una oferta de empleo en una empresa sin constancia de empleador, conviene revisar el expediente con un abogado en materia migratoria antes de pagar derechos. Mientras tanto, para tus trámites de identidad en México te sirve nuestra guía de la CURP, y si vas a trabajar con nómina, la de cómo obtener tu número de seguridad social.

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