La Pensión para Personas con Discapacidad paga $3,300 pesos cada bimestre ($1,650 al mes) a mexicanas y mexicanos con discapacidad permanente. En 2026 cubre de 0 a 29 años en todo el país, y de 30 a 64 en los estados con convenio de universalidad o en localidades indígenas, afromexicanas o de alta marginación.
Es un derecho, no un favor. Así lo plantea la Constitución, y por eso la Secretaría de Bienestar no puede cobrar por el registro ni pedir intermediarios. Aun así, mucha gente se queda fuera por detalles que se resuelven antes de llegar al módulo: un certificado médico de una clínica privada, una CURP sin actualizar o la idea de que «a partir de los 30 ya no aplica». Esta guía reúne lo que dicen las Reglas de Operación 2026, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 2026, y la ficha oficial del programa, ordenado para que usted o su familia sepan qué llevar, cuándo ir y qué esperar.
Cuánto paga y cómo llega el dinero
El monto de 2026 es de $1,650 pesos mensuales, que se depositan juntos cada dos meses: $3,300 por bimestre. Las Reglas de Operación señalan que esta cantidad se actualizará a partir de 2027.
El pago llega a una Tarjeta del Banco del Bienestar a nombre de la persona derechohabiente. La primera orden de pago o la entrega de la tarjeta funcionan como aviso de que ya forma parte del programa; antes del primer depósito, la Secretaría puede hacer un pago de un centavo para confirmar que la cuenta funciona, así que no se alarme si ve esa cantidad.
| Apoyo | Monto 2026 | Para quién |
|---|---|---|
| Pensión bimestral | $3,300 ($1,650 mensuales) | Personas con discapacidad permanente que cumplen la edad y el lugar de residencia |
| Pago de marcha | $1,650, por única vez | La persona adulta auxiliar registrada, cuando fallece la persona derechohabiente |
| Apoyo en especie | Servicios de rehabilitación | Niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años, según el presupuesto disponible |
Si nunca ha tenido una cuenta en ese banco, conviene leer cómo funciona la Tarjeta del Banco del Bienestar antes de recogerla: qué hacer con el NIP, dónde retirar y cómo consultar el saldo.
¿Quién puede recibir la pensión según su edad y su estado?
La edad decide casi todo, y el estado donde vive decide el resto. Las Reglas de Operación 2026 definen tres grupos:
| Edad | Dónde vive | ¿Puede registrarse? |
|---|---|---|
| 0 a 29 años | En cualquier estado | Sí |
| 30 a 64 años | En un estado con Convenio para la Universalización | Sí |
| 30 a 64 años | En un estado sin convenio | Solo si vive en un municipio o localidad indígena, afromexicana o con alto o muy alto grado de marginación |
Según la ficha del programa, 24 entidades firmaron el convenio de universalidad y en ellas la pensión se entrega de 0 a 64 años; en las 8 restantes aplica la regla de las localidades. Los catálogos de municipios y localidades, junto con la ubicación de los módulos, están en la página de documentos del programa en gob.mx.
Además de la edad, se pide ser mexicano por nacimiento o naturalización, vivir en México y tener una discapacidad permanente. Las reglas la definen como limitaciones en las funciones físicas, intelectuales o sensoriales que perduran en el tiempo y que limitan la actividad y la participación en el entorno.
Documentos para el registro
Lleve originales y copias, porque en el módulo se cotejan. Para la persona con discapacidad:
- Acta de nacimiento.
- Identificación vigente: credencial para votar o, si no la tiene, pasaporte vigente, credencial del INAPAM u otro documento de identidad oficial. Si la persona no tiene identificación, se acepta la de su persona adulta auxiliar.
- CURP. La ficha pide que sea de impresión reciente; si hay cualquier diferencia con el acta, revise primero la CURP para programas del Bienestar.
- Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, emitido por una institución pública del sector salud, ya sea federal, estatal o municipal.
- Comprobante de domicilio de máximo seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
- El Formato de Registro Personas con Discapacidad, que se llena en el módulo.
La persona adulta auxiliar, si se registra una, presenta acta de nacimiento, identificación, CURP, comprobante de domicilio y el mismo formato.
¿Le falta algún documento por causa de fuerza mayor? Las reglas permiten entregar un escrito que diga cuál falta y por qué, con los datos que debería contener, firmado bajo protesta de decir verdad y ante dos testigos que anoten su domicilio y, si la tienen, entreguen copia de su identificación.
Paso a paso: cómo hacer el registro
- Espere la apertura de un periodo de incorporación. La ficha oficial de la pensión indica que las convocatorias se abren a lo largo del año y ahí mismo se anuncia la siguiente.
- Ubique el Módulo de Bienestar de su localidad durante el periodo de registro.
- Acuda con los documentos de la persona con discapacidad y, en su caso, los de la persona auxiliar. Si entregó algo con error, puede corregirlo o completar lo que falte en cualquier momento del año.
- Espere la validación. Las Reglas de Operación fijan un plazo máximo de dos meses, desde la captura del trámite, para informarle el resultado en el módulo o por la Línea de Bienestar.
- Recoja la tarjeta cuando reciba el mensaje SMS con el lugar y la fecha de entrega.
El orden de incorporación sigue la fecha de registro y el presupuesto disponible. Registrarse pronto, por eso, sí hace diferencia.
La persona adulta auxiliar y el apoyo de rehabilitación
Registrar una persona auxiliar es opcional, pero en muchos casos es lo más sensato: puede hacer en su nombre cualquier trámite de la pensión y cobrar el apoyo cuando la persona derechohabiente no puede acudir. Suele ser la madre, el padre o quien cuida a diario. También es quien, si llegara a faltar la persona con discapacidad, puede solicitar el pago de marcha.
Para menores de 0 a 17 años existe además un apoyo en especie: servicios de rehabilitación en instituciones públicas o privadas acreditadas, a los que se accede con la Credencial de Rehabilitación para el Bienestar. Para pedirlo se entrega un certificado o constancia médica que acredite que la niña o el niño requiere rehabilitación. Aquí sí vale una institución privada, siempre que esté acreditada por el Sistema Nacional de Salud. Cada sesión queda registrada en el sistema, sin vales impresos, y la Secretaría puede apoyar con el traslado cuando hace falta.
Ejemplo: lo que recibe una familia en un año
Imagine a Iván, un niño de 9 años de Morelia con parálisis cerebral. Su mamá, costurera, lo registra con un certificado del hospital estatal y se da de alta como persona adulta auxiliar.
Una vez incorporado, la pensión le da $3,300 por bimestre. En un año completo son seis depósitos:
$3,300 × 6 = $19,800 pesos al año.
El dinero empieza a contar a partir del bimestre en que Iván entra al padrón, no desde la fecha del registro, así que el primer año puede ser menor si la validación tarda. Como Iván es menor de 18, su mamá puede pedir también la Credencial de Rehabilitación para el Bienestar con una constancia médica de que requiere terapia. Cuando Iván llegue a los 30, seguir cobrando dependerá de que Michoacán tenga convenio de universalidad o de que su localidad esté en el catálogo del programa; es una pregunta que conviene hacer en el módulo años antes, no el mes de su cumpleaños.
¿Qué pasa si…?
…la persona cumple 65 años? Pasa automáticamente, previa validación, a la Pensión para Adultos Mayores, que en 2026 paga $6,400 por bimestre. No tiene que registrarse de nuevo.
…cambia de domicilio? Avise de inmediato en el Módulo de Atención, en persona o mediante la persona auxiliar. Si el personal de Bienestar visita su domicilio dos veces sin encontrarle, los pagos se retienen, y tras dos bimestres en esa situación se suspenden.
…pierde o le roban la tarjeta? Avise en el Módulo de Atención para la reposición; los pasos con el banco están en reposición de la tarjeta Bienestar por robo.
…fallece la persona derechohabiente? La familia o la persona auxiliar debe avisar al módulo. La auxiliar puede pedir el pago de marcha de $1,650 con su identificación y el acta de defunción o una constancia médica oficial, dentro de los dos bimestres siguientes; pasado ese plazo se pierde. La pensión no se hereda.
Preguntas frecuentes
¿Sirve un certificado médico de un doctor particular?
Para la pensión, no. Las Reglas de Operación 2026 piden que el certificado o la constancia de discapacidad permanente lo emita una institución pública del sector salud, federal, estatal o municipal: un centro de salud, un hospital del estado, el IMSS o el ISSSTE, por ejemplo. Lo privado solo cuenta para el apoyo de rehabilitación de menores, y únicamente si la institución está acreditada. Pida que el certificado diga expresamente que la discapacidad es permanente.
¿Qué discapacidades cubre la pensión?
Las reglas no traen una lista cerrada. Cubren cualquier limitación permanente en las funciones físicas, intelectuales o sensoriales que restrinja la actividad y la participación de la persona: discapacidad motriz, visual, auditiva o intelectual, entre otras. Lo que decide es que el certificado de una institución pública diga que es permanente. Una incapacidad temporal, como una fractura en recuperación, no da acceso al programa.
¿Hay que pagar a alguien para entrar al programa?
No. Las reglas establecen que los apoyos se entregan de manera directa y sin intermediarios, y el registro no tiene costo. Desconfíe de quien le ofrezca «meterle» al padrón a cambio de dinero o le pida el NIP de la tarjeta. Las dudas se resuelven en el Módulo de Bienestar o en la Línea de Bienestar, 800 639 42 64, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 y fines de semana y festivos de 9:00 a 13:00.
¿Puede registrarse alguien que vive en Estados Unidos?
No. El programa cubre el territorio nacional y las Reglas de Operación excluyen expresamente a quienes residen en el extranjero o tienen nacionalidad extranjera. Si la familia regresa a vivir a México, la persona puede registrarse en un periodo de incorporación con un comprobante de domicilio mexicano de máximo seis meses o una constancia de residencia de la autoridad local.
¿Qué hago si dejaron de llegar los depósitos?
Acuda al Módulo de Atención o llame a la Línea de Bienestar para saber si su pago está retenido y por qué. Entre las causas que prevén las reglas están no ser localizado en dos visitas, no recoger el medio de pago, datos que no coinciden o dos pagos en efectivo sin cobrar. Si se aclara la causa, los pagos retenidos se reexpiden. Las reglas le garantizan el derecho de audiencia si su pago está retenido, suspendido o dado de baja.
Las demás pensiones y becas que da el Gobierno de México están reunidas en la guía de Programas del Bienestar. Este año, además, las personas con discapacidad pueden registrarse en los Módulos de Bienestar para el Servicio Universal de Salud, cuya credencial empezará a usarse en 2027.
