Incapacidad por riesgo de trabajo IMSS

La incapacidad por riesgo de trabajo del IMSS paga el 100% de tu salario de cotización desde el primer día y hasta 52 semanas de atención. Para cobrarla, Salud en el Trabajo de tu clínica debe calificar el accidente o la enfermedad como “sí de trabajo” con el formato ST-7 o ST-9.

Esa calificación lo cambia todo. Si el IMSS la registra como enfermedad general, el subsidio baja al 60% y empieza a pagarse hasta el cuarto día, como explicamos en la guía de incapacidad IMSS por enfermedad general. Por eso conviene entender cómo se hace la calificación, qué firma el patrón y qué puedes hacer si te la niegan. Lo que sigue sale de la Ley del Seguro Social, artículos 41 a 67, y de la ficha oficial del trámite IMSS-03-008.

Qué cuenta como riesgo de trabajo

La ley llama riesgos de trabajo a los accidentes y enfermedades a los que estás expuesto “en ejercicio o con motivo del trabajo” (artículo 41). Dentro caben dos figuras distintas, y cada una tiene su formato.

El accidente de trabajo es cualquier lesión, perturbación funcional o la muerte que ocurre de golpe mientras trabajas o por causa del trabajo, sin importar el lugar ni la hora (artículo 42). Un corte en la línea de producción, una caída desde una escalera en casa de un cliente o un choque mientras haces entregas en la moto de la empresa entran aquí.

También es accidente de trabajo el que te pasa en el trayecto directo de tu casa al trabajo o del trabajo a tu casa. La palabra que pesa es “directamente”: si te desviaste a hacer un mandado personal y el accidente ocurrió en ese desvío, el IMSS puede negar la calificación.

La enfermedad de trabajo se forma con el tiempo, por una causa que actúa de manera continua en tu trabajo o en el lugar donde trabajas (artículo 43). Pérdida de audición en una planta con ruido constante, lesiones de túnel del carpo, problemas respiratorios por polvos o solventes. Las que enumera la Ley Federal del Trabajo en sus tablas se consideran de trabajo en todo caso.

Los formatos ST: para qué sirve cada uno

Buena parte de las dudas viene de las siglas. Todos los formatos los emite el IMSS, no el patrón, y estos son los que vas a encontrar en un caso típico:

FormatoNombre oficialCuándo aparece
ST-7Aviso de atención médica inicial y calificación de probable accidente de trabajoAl atenderte en urgencias o en consulta tras un accidente
ST-9Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajoCuando se sospecha una enfermedad causada por el trabajo
ST-2Aviso de alta por riesgo de trabajoCuando el IMSS te declara apto para regresar a trabajar
ST-3Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajoSi quedan secuelas que reducen tu capacidad, o si la persona fallece

El ST-7 tiene dos caras. El anverso lo llena el médico que te atiende y lo firmas tú al terminar la atención inicial. El reverso es para el patrón: ahí anota sus datos y su versión de los hechos para que Salud en el Trabajo los tome en cuenta. Que el patrón lo firme ayuda, pero no es obligatorio para que el IMSS califique.

Paso a paso: del accidente a la calificación

El orden importa, porque los días que pasan sin atención y sin aviso son los que después complican la prueba.

  1. Atiéndete en el IMSS lo antes posible. Ve a urgencias o a tu clínica y di desde el primer momento que el accidente ocurrió trabajando o en el trayecto. Si no lo mencionas, lo más probable es que la atención quede registrada como enfermedad general.
  2. Pide el ST-7 al médico que te atiende (o el ST-9 si te envían a estudio por una enfermedad). Revisa que la descripción de cómo ocurrió coincida con lo que contaste y fírmalo.
  3. Lleva el formato a tu patrón para que llene y firme el reverso. Pide una copia del formato firmado.
  4. Acude al servicio de Salud en el Trabajo de la Unidad Médica que te corresponde por domicilio, con identificación oficial (original y copia), tu Cartilla Nacional de Salud y copia del ST-7 o ST-9.
  5. Espera la calificación. El médico de Salud en el Trabajo revisa el caso y dictamina si es o no de trabajo.

El trámite es gratuito. Lo pueden hacer tú, tus beneficiarios, un familiar o tu representante legal. Según la ficha IMSS-03-008, el servicio atiende en días hábiles de 8:00 a 14:00 horas en unidades de un turno y de 8:00 a 19:30 en las de dos turnos.

¿Qué pasa si el patrón no firma o no avisa?

Puedes presentarte igual. La ficha oficial lo dice sin rodeos: si el patrón se niega a firmar el reverso del ST-7 o ST-9, acudes por tu cuenta a Salud en el Trabajo y el IMSS califica con lo que tenga, que normalmente es tu declaración y la nota de la primera atención.

El artículo 51 de la ley obliga al patrón a dar aviso del accidente al IMSS y permite que tú, tus beneficiarios o tu representante lo denuncien directamente. La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 504, fracción V, le exige además avisar por escrito a la Secretaría del Trabajo, al inspector y al tribunal dentro de las 72 horas siguientes. Y el artículo 52 de la LSS sanciona al patrón que oculte un accidente o lo reporte como accidente en trayecto cuando ocurrió dentro del trabajo.

Hay una razón por la que algunos patrones prefieren que el accidente no quede como laboral: los días de incapacidad, las secuelas y las defunciones por riesgo de trabajo entran en la siniestralidad con la que se calcula su prima del seguro de riesgos (artículo 72), y los accidentes en trayecto no. Si te piden que lo registres como enfermedad general, a ti te cuesta el 40% del subsidio y la posibilidad de una pensión si quedan secuelas.

Cuánto paga el IMSS en cada etapa

El dinero depende del resultado médico, y la ley fija cuatro escenarios (artículos 55 y 58).

SituaciónLo que recibesBase legal
Incapacidad temporalSubsidio del 100% del salario de cotización al ocurrir el riesgo, desde el primer día y hasta 52 semanasLSS art. 58 I
Incapacidad permanente totalPensión mensual del 70% del salario de cotización, más aguinaldo anual de 15 díasLSS art. 58 II y IV
Incapacidad permanente parcial mayor de 50%Pensión proporcional al porcentaje de valuación, sobre la base del 70%LSS art. 58 III
Incapacidad parcial de 25% a 50%Pensión o, si lo prefieres, indemnización global de cinco anualidadesLSS art. 58 III
Incapacidad parcial de hasta 25%Indemnización global de cinco anualidades, en lugar de pensiónLSS art. 58 III

El subsidio se paga por periodos vencidos no mayores de siete días (artículo 60). En enfermedades de trabajo, la pensión se calcula con el promedio del salario de cotización de las últimas 52 semanas, no con el del día del diagnóstico.

Las pensiones por incapacidad permanente se dan primero con carácter provisional durante un periodo de adaptación de dos años (artículo 61). En ese tiempo el IMSS puede revisar tu incapacidad y tú puedes pedir la revisión para que cambie el monto. Pasados los dos años se otorga la definitiva, que contratas con la aseguradora que elijas.

Un ejemplo con números

Fortino es técnico de mantenimiento en una planta de autopartes de Silao y cotiza con un salario diario de $520 pesos. Se lesiona la mano al cambiar una banda transportadora y el IMSS califica el accidente como de trabajo.

  • Incapacidad temporal. Pasa 42 días incapacitado: $520 × 42 = $21,840 pesos de subsidio. Si el caso se hubiera registrado como enfermedad general, habría cobrado el 60% y a partir del cuarto día.
  • Secuela leve. Al darle de alta con el ST-2, le queda una rigidez valuada en 20%. La pensión de base sería el 70% de su salario: $364 diarios. El 20% de eso son $72.80 diarios. Como la valuación no pasa del 25%, recibe una indemnización global de cinco anualidades: $72.80 × 365 × 5 = $132,860 pesos, en un solo pago.

La cuenta es aproximada y se hace sobre 365 días por año. La cifra exacta la fija el IMSS en el dictamen y en la resolución, con el porcentaje que marque el ST-3.

Si no estás de acuerdo con la calificación

Cuando el IMSS califica de forma definitiva que el accidente o la enfermedad no fueron de trabajo, el artículo 44 te permite presentar el recurso de inconformidad ante el propio Instituto o acudir a los tribunales federales en materia laboral (artículos 294 y 295). Mientras se resuelve, el IMSS te sigue dando lo que corresponda por el seguro de enfermedades y maternidad o de invalidez y vida, si cumples sus requisitos.

Lo mismo aplica si no estás conforme con el porcentaje del ST-3. Sirven como prueba las notas médicas, los estudios, los reportes internos del accidente, los testigos y cualquier mensaje en que el patrón reconozca lo ocurrido. Para asesoría gratuita en un conflicto laboral puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Cuándo el IMSS no lo considera riesgo de trabajo

El artículo 46 excluye los casos en que el accidente ocurre en estado de embriaguez, bajo el efecto de drogas sin receta médica que hayas mostrado al patrón, cuando te provocas la lesión de forma intencional, cuando resulta de una riña o un intento de suicidio, o de un delito intencional del que seas responsable.

Esa exclusión no te deja sin nada. Según el artículo 47, recibes las prestaciones del seguro de enfermedades y maternidad o, si reúnes las semanas, la pensión por invalidez del IMSS. Y una discapacidad o enfermedad crónica previa no reduce el grado de la incapacidad ni las prestaciones (artículo 45).

Plazos que conviene no dejar pasar

Los riesgos de trabajo no prescriben, pero el dinero sí. El artículo 300 da dos años para reclamar los subsidios por incapacidad derivados de un riesgo de trabajo, contados desde el día en que se generó el derecho. Cada mensualidad de una pensión, asignación familiar o aguinaldo prescribe en un año. El derecho a la pensión en sí es inextinguible (artículo 301).

Si tras el alta vuelves a tener molestias por la misma lesión, el artículo 62 te permite volver a cobrar el subsidio al 100% por recaída, aunque ya no estés asegurado, siempre que el IMSS lo determine así. El formato que lo documenta es el dictamen de probable recaída.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué día paga el IMSS la incapacidad por riesgo de trabajo?

Desde el primer día. El artículo 58 de la Ley del Seguro Social fija un subsidio del 100% del salario con que cotizabas al ocurrir el accidente, sin los tres días de espera de la enfermedad general. Se paga mientras dure la inhabilitación y hasta que el IMSS te declare apto o determine una incapacidad permanente, lo que debe ocurrir dentro de las 52 semanas de atención médica.

¿Un accidente camino al trabajo cuenta?

Sí, si ocurrió en el traslado directo entre tu casa y el trabajo, en cualquiera de los dos sentidos. El artículo 42 lo considera accidente de trabajo. Conviene juntar pruebas del trayecto habitual, como la hora de entrada, el reporte de tránsito o una constancia de la empresa. Si el accidente sucedió durante un desvío por motivos personales, es probable que el IMSS no lo califique así.

¿Me pueden despedir mientras estoy incapacitado por riesgo de trabajo?

El accidente no es una causa legal de despido. Además, la Ley Federal del Trabajo obliga al patrón a reponerte en tu empleo si estás capacitado y te presentas dentro del año siguiente a la fecha en que se determinó tu incapacidad (artículo 498), y a darte otro puesto si ya no puedes hacer el tuyo pero sí otro (artículo 499). Si te despiden, revisa la guía sobre despido injustificado: el plazo para reclamar es corto.

¿Qué hago si en urgencias no me dieron el ST-7?

Regresa a tu Unidad de Medicina Familiar o al servicio de Salud en el Trabajo y explica que el accidente fue laboral. El médico puede elaborar el aviso con la nota de la primera atención. Lleva tu identificación, la Cartilla Nacional de Salud y lo que tengas del accidente: fotos, mensajes al supervisor o el reporte interno. Entre más tiempo pase, más difícil es acreditar cómo ocurrió.

¿La indemnización por riesgo de trabajo paga impuestos?

No. La Ley del Impuesto sobre la Renta, en su artículo 93, fracción III, exenta las indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades que se concedan conforme a las leyes o a los contratos colectivos. Las pensiones tienen su propia regla de exención en la fracción IV del mismo artículo, con un límite que depende de la UMA.

¿Qué pasa si el trabajador muere por el accidente?

Los beneficiarios reciben las prestaciones del artículo 64: una ayuda para gastos de funeral equivalente a 60 días de salario mínimo general, una pensión de viudez del 40% de la que le habría correspondido por incapacidad permanente total y pensiones de orfandad del 20% por hijo (30% si son huérfanos de padre y madre). El trámite y los requisitos de la viudez se parecen a los que explicamos en la pensión por viudez del IMSS.


Para el resto de los trámites ante el Instituto, desde semanas cotizadas hasta pensiones, tienes nuestra guía del IMSS. Si además necesitas comprobar que estás dado de alta antes de ir a la clínica, revisa cómo consultar tu vigencia de derechos.

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