Retiro parcial por desempleo AFORE

¿Te quedaste sin trabajo y necesitas liquidez? El retiro por desempleo de tu AFORE te permite sacar, a partir del día 46 sin empleo, el equivalente a 30 días de tu último salario o hasta el 11.5% de tu ahorro de retiro, según la antigüedad de tu cuenta. Se puede pedir una vez cada cinco años.

Es dinero tuyo, pero no sale gratis en otro sentido: el IMSS te descuenta semanas cotizadas en proporción a lo que retires. Antes de pedirlo conviene entender las dos modalidades, cuánto te tocaría en cada una y qué efecto tendrá en tu pensión. Esta guía aplica a quienes cotizaron al IMSS; los trabajadores del Estado tienen reglas propias en la Ley del ISSSTE.

Requisitos para el retiro parcial por desempleo

La base legal es el artículo 191, fracción II, de la Ley del Seguro Social, y la CONSAR los resume en su catálogo de trámites. Para tener derecho necesitas:

  • Llevar al menos 46 días naturales sin empleo, contados desde el día en que quedaste desempleado.
  • Tener tu cuenta individual registrada en una AFORE. Si no sabes en cuál estás, primero localiza tu AFORE con tu CURP o tu NSS.
  • No haber hecho este retiro en los cinco años anteriores a la solicitud.
  • Tener tu expediente de identificación actualizado y el enrolamiento biométrico, que genera la propia AFORE con tu identificación, tu comprobante de domicilio y tus huellas.
  • Cumplir la antigüedad de cuenta de la modalidad que vas a pedir: tres años de cuenta abierta y doce bimestres cotizados para la A, o cinco años de cuenta para la B.

El expediente es el requisito que más frena el trámite. Mucha gente lo descubre el día que va a la sucursal: si nunca lo hiciste, tendrás que completarlo antes de solicitar el dinero.

Cuánto puedes retirar: modalidad A y modalidad B

La ley distingue dos fórmulas. Quien cumple los requisitos de la B puede elegir la A si le conviene más.

Modalidad AModalidad B
Antigüedad de la cuentaAl menos 3 años abierta y 12 bimestres cotizados5 años o más abierta
Monto30 días de tu último salario base de cotizaciónLo menor entre 90 días de tu salario promedio de las últimas 250 semanas y el 11.5% del saldo de tu subcuenta de retiro, cesantía y vejez
Tope10 veces el salario mínimo mensual generalSin tope adicional
Plazo de respuestaHasta 15 días hábilesHasta 15 días hábiles

El tope de la modalidad A solo afecta a quien cotizaba con un salario superior a unos diez salarios mínimos diarios; para la mayoría, el límite no cambia nada.

Sobre la forma de pago hay una diferencia entre la ley y la práctica que conviene conocer. El artículo 191 prevé que la modalidad B se entregue en un máximo de seis mensualidades, con una primera de hasta 30 días de salario. Las fichas vigentes del catálogo de la CONSAR indican que la AFORE entrega el monto de cualquiera de las dos modalidades en una sola exhibición, con depósito en tu cuenta bancaria. Tu AFORE te dirá cómo lo pagará al aprobar la solicitud.

Ejemplo: cuánto le toca a una recepcionista con nueve años de cuenta

Patricia trabajó como recepcionista en un hotel de Mérida hasta que el negocio redujo plantilla. Su cuenta AFORE tiene nueve años abierta y acumula 470 semanas cotizadas. Su salario promedio de las últimas 250 semanas fue de $520 diarios, y el último, de $560. En su subcuenta de retiro, cesantía y vejez tiene $310,000.

CálculoModalidad AModalidad B
Fórmula30 × $560Menor entre 90 × $520 y 11.5% × $310,000
Resultado$16,800Menor entre $46,800 y $35,650 = $35,650

La modalidad B le da más del doble. Ahora el costo en semanas, con la fórmula del artículo 198 de la ley y suponiendo, para simplificar, que esos $310,000 son el total de su cuenta:

  1. Saldo entre semanas cotizadas: $310,000 ÷ 470 = $659.57 por semana.
  2. Monto retirado entre ese cociente: $35,650 ÷ $659.57 = 54 semanas.
  3. Semanas que le quedan: 470 − 54 = 416.

Si eligiera la modalidad A, el descuento sería de unas 25 semanas. Es el dilema real del trámite: más dinero hoy contra más semanas para la pensión. Si Patricia está lejos de retirarse y espera volver a trabajar pronto, puede reponer esas semanas reintegrando el dinero más adelante; si está cerca de los 60 años, cada semana pesa mucho más.

Paso a paso: por AforeMóvil o en sucursal

En la app AforeMóvil

La CONSAR describe así el trámite en la ficha de AforeMóvil. Necesitas tener ya tu expediente electrónico y la app activada con tu CURP, tu celular, tu correo y una contraseña.

  1. Entra a AforeMóvil y abre el menú Servicios.
  2. Elige Retiro por Desempleo IMSS y lee los requisitos que muestra la app.
  3. Tómate una fotografía para la validación facial.
  4. La app te muestra la modalidad a la que tienes derecho; si tienes las dos, elige.
  5. Revisa las implicaciones del retiro, en especial el descuento de semanas.
  6. Captura tu identificación oficial vigente y un estado de cuenta bancario a tu nombre con CLABE.
  7. Firma la solicitud con tu contraseña de AforeMóvil.

En una sucursal de tu AFORE

Lleva la solicitud que te da la AFORE, llena y firmada, una identificación oficial (INE, pasaporte o matrícula consular), un documento con tu NSS y el estado de cuenta bancario con CLABE. La AFORE gestiona ante el IMSS el certificado del derecho en un máximo de diez días hábiles y, una vez certificado, deposita el dinero.

El trámite es gratuito por cualquiera de las dos vías. Nadie, ni dentro ni fuera de la AFORE, puede cobrarte por hacerlo.

Qué le pasa a tu pensión

El retiro reduce tus semanas cotizadas en la misma proporción que el saldo que retiras. Eso pesa de dos maneras. La primera, en el requisito de semanas para pensionarte: en 2026 la Ley del Seguro Social pide 875 semanas para la pensión de cesantía o vejez del régimen de 1997, y la cifra sube cada año hasta 1,000 en 2031. La segunda, en el saldo con el que se calcula tu pensión, que queda más bajo.

Para quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y podrán pensionarse por la Ley 73, la cuenta es distinta: su pensión depende sobre todo de las semanas y del salario promedio, así que perder semanas puede costar más que el dinero retirado. En la guía de semanas cotizadas en el IMSS explicamos cómo revisar cuántas llevas antes de decidir.

Las semanas se pueden recuperar. La ley permite reintegrar total o parcialmente lo retirado y, con eso, el IMSS te devuelve las semanas en la misma proporción. El reintegro se hace en tu AFORE.

¿Qué pasa si…?

…vuelvo a trabajar antes de cobrar? El derecho existe mientras no tengas una relación laboral, así que díselo a tu AFORE. La ley prevé que, si el dinero se entrega en mensualidades y te reincorporas a trabajar, las mensualidades posteriores se suspenden.

…la CLABE está mal? La AFORE debe contactarte para corregirla. Si en 30 días naturales no logra depositar, reinvierte el dinero en tu cuenta y tendrás que volver a gestionarlo.

…me rechazan por no tener 46 días? Revisa la fecha de baja que aparece en tu constancia de semanas cotizadas. Si tu patrón tardó en darte de baja en el IMSS, esa fecha puede ser posterior a tu último día de trabajo; en ese caso, aclara la fecha con tu AFORE o espera a que se cumplan los días.

…me despidieron sin pagarme? El retiro no tiene relación con lo que te debe tu patrón. Puedes reclamar tu indemnización al mismo tiempo; en la guía sobre qué hacer ante un despido injustificado están los plazos.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto puedo hacer el retiro por desempleo?

Una vez cada cinco años. La ley exige acreditar con tus estados de cuenta que no hiciste otro retiro por desempleo en los cinco años anteriores a la nueva solicitud. Si lo hiciste hace cuatro años, aunque vuelvas a quedarte sin trabajo, tendrás que esperar a que se cumpla el plazo completo. Revisa tu último estado de cuenta antes de iniciar el trámite para no perder el viaje; si no lo tienes a mano, puedes descargar tu estado de cuenta desde el celular.

¿Cuánto tarda en llegar el dinero?

La CONSAR fija un plazo máximo de 15 días hábiles para resolver el trámite. Primero la AFORE pide al IMSS el certificado de tu derecho, en un máximo de diez días hábiles, y después deposita en la cuenta bancaria que registraste. Los retrasos más comunes vienen de un expediente incompleto o de una CLABE con errores, no del IMSS.

¿Puedo retirar dinero de la subcuenta de vivienda?

No. El retiro por desempleo sale solo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Lo que tienes en la subcuenta de vivienda lo administra el INFONAVIT y tiene sus propias reglas de uso, empezando por el crédito para vivienda. Las aportaciones voluntarias también se pueden retirar, pero con un trámite distinto.

¿Necesito una constancia de baja de mi patrón?

No. Entre los requisitos que publica la CONSAR no aparece ninguna carta del patrón: la AFORE pide al IMSS el certificado de tu derecho y ahí se valida tu situación. Lo que sí debes llevar es un documento con tu NSS, tu identificación oficial vigente y el estado de cuenta bancario con CLABE a tu nombre. Si no recuerdas tu NSS, puedes recuperarlo en línea con tu CURP; lo explicamos en la guía para obtener tu número de seguridad social.

¿Tengo que seguir sin trabajo cuando lo pido?

Sí. La ley concede este derecho durante el tiempo en que dejas de estar sujeto a una relación laboral, así que al presentar la solicitud no debes tener un patrón que te haya dado de alta. Si encontraste trabajo antes de que pasaran los 46 días, ya no puedes pedirlo por ese periodo de desempleo, aunque tu ahorro sigue intacto en la AFORE.

¿Qué AFORE paga más rápido?

El plazo máximo lo fija la CONSAR para todas por igual. Lo que sí cambia entre administradoras es la facilidad para hacer el expediente y el trámite en línea. Si tu AFORE te pone obstáculos o tarda más de lo que marca la norma, puedes presentar una queja ante la CONSAR o ante la CONDUSEF.


En la sección de AFORE y pensiones tienes las demás guías sobre tu cuenta individual. Y si tu duda es cómo quedan tus semanas y tu atención médica tras dejar de cotizar, la guía del IMSS reúne los trámites de asegurados.

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