FMM Forma Migratoria Múltiple: qué es, costo y cómo tramitarla

La FMM Forma Migratoria Múltiple es el registro con el que el INM documenta la entrada de un extranjero como visitante sin permiso para trabajar, hasta por 180 días. Por avión, el derecho de $983 pesos de 2026 va en el boleto; por tierra, se llena en el portal del INM y se imprime.

Quien visita México por turismo, para ver a la familia o por un viaje de negocios sin cobrar en el país entra con esta condición de estancia. Lo que ha cambiado en los últimos años es la forma: además del registro en el filtro migratorio, hay una versión electrónica para la frontera terrestre y un registro digital en los aeropuertos que tienen filtros automáticos.

FMM Forma Migratoria Múltiple: qué es, costo y cómo tramitarla

Esta guía sirve tanto a la persona extranjera que planea su viaje como a la familia mexicana que recibe a un cónyuge, a unos suegros o a unos sobrinos de otro país. Las cuotas salen de la Ley Federal de Derechos vigente y los pasos, de los portales del propio INM.

Qué es la FMM y quién la necesita

La FMM acredita la condición de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, que la Ley de Migración regula en su artículo 52, fracción I. Esa condición permite transitar o permanecer en el país por un tiempo ininterrumpido no mayor a 180 días, contados desde la entrada, sin trabajar por un sueldo en México.

La necesitan las personas extranjeras que entran como turistas o visitantes. No la necesitan:

  • Las personas mexicanas, aunque tengan otra nacionalidad: entran como mexicanas con su pasaporte o documento que acredite la nacionalidad.
  • Quienes ya tienen tarjeta de residente temporal o permanente: entran con su tarjeta y su pasaporte.
  • Quienes vienen a trabajar, a estudiar un programa largo o a residir: para eso hay visas y condiciones de estancia distintas.

Hay una figura cercana que conviene no confundir: el visitante regional (artículo 52, fracción III), pensado para nacionales o residentes de los países vecinos que entran a las regiones fronterizas hasta por siete días. Se tramita por otra vía y no sirve para viajar al interior.

Conviene tener claro que la FMM no es una visa. Si tu nacionalidad requiere visa para México, primero necesitas la visa vigente y, al llegar, el INM te documenta con la FMM.

Paso a paso: la FMM electrónica para cruzar por tierra

El formulario en línea del INM es para quienes ingresan por vía terrestre, por los puntos de tránsito internacional. Las condiciones que el propio portal pide aceptar son claras:

  1. Entra al portal de la Forma Migratoria Múltiple del INM y elige el idioma (español, inglés, japonés, chino o coreano).
  2. Lee y acepta los términos. Necesitas una cuenta de correo electrónico y desactivar el bloqueador de ventanas emergentes del navegador.
  3. Captura los datos de ingreso: vía, punto de internación y fechas de llegada y salida.
  4. Escribe tus datos personales y los del pasaporte tal como aparecen en el documento, con confirmación del número y de las fechas de expedición y de vencimiento.
  5. Indica el motivo del viaje, el estado de destino y tu domicilio en México. Si el viajero es menor de edad, se agregan los datos del padre, la madre o la persona tutora.
  6. Revisa todo antes de confirmar. El portal advierte que la autoridad migratoria no puede modificar lo que captures y que una solicitud con datos erróneos se niega.
  7. Descarga el PDF, imprímelo y preséntalo junto con tu pasaporte en el filtro migratorio.

Tres condiciones del portal pesan más de lo que parece. La FMM obtenida en línea sirve para una sola internación. Su vigencia, de hasta 180 días naturales, empieza a contar desde el sello migratorio, no desde que la llenaste. Y pagar el derecho no garantiza la entrada: el agente revisa en el filtro que cumplas los requisitos.

Sobre los documentos de viaje: se acepta el pasaporte o la tarjeta pasaporte (passport card) de Estados Unidos, pero esta última solo sirve en los cruces terrestres y para la franja fronteriza. No se puede usar para viajar al interior del país ni para vuelos internacionales.

Por avión: sello, filtros automáticos y FMM digital

Si llegas en avión, no hay un formulario previo que pagar aparte. El artículo 8o. de la Ley Federal de Derechos establece que, para los extranjeros que llegan por vía aérea, el derecho de visitante lo recaudan las aerolíneas internacionales y lo entregan al fisco. Por eso no se paga por separado en el aeropuerto.

En el aeropuerto, el control migratorio se hace de dos formas:

  • Filtro manual: un agente revisa tu pasaporte, te hace preguntas sobre el viaje y registra tu entrada con el número de días autorizado.
  • Filtros Migratorios Autónomos (FMA): esclusas de cristal donde escaneas el pasaporte, se toma una fotografía para la verificación facial y el sistema valida tus datos y los del vuelo.

Al terminar en un filtro autónomo se imprime un ticket con un código QR y un sello digital. Con ese código descargas tu Forma Migratoria Múltiple Digital (FMMD) desde el sitio web del INM, y puedes hacerlo fuera del aeropuerto. La ficha del INM sobre estos filtros advierte que solo tienes 60 días para descargarla, así que guarda el ticket y no lo dejes para después.

Los filtros autónomos no son para todos. Según la información del INM difundida por las representaciones consulares, piden pasaporte electrónico ordinario con más de 180 días de vigencia, ser mayor de 18 años, viajar sin menores de edad y entrar exclusivamente por turismo, además de tener una de las nacionalidades admitidas (la mexicana está entre ellas). Están en terminales de los aeropuertos de Ciudad de México, Cancún, San José del Cabo, Guadalajara, Puerto Vallarta, Querétaro y Tijuana. Si no cumples alguna condición, pasas al filtro manual sin ningún problema.

Cuánto cuesta la FMM en 2026

El derecho se llama oficialmente “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas” y está en el artículo 8o., fracción I, de la Ley Federal de Derechos, reformada en noviembre de 2025. Los casos más comunes quedan así:

SituaciónCuota 2026Fundamento
Llegada en avión$983 pesos, incluidos en el boletoLFD, art. 8o., fr. I
Llegada por tierra con estancia de hasta 7 díasSin pagoLFD, art. 11, fr. II, inciso a)
Llegada por tierra con estancia mayor a 7 días$983 pesosLFD, art. 8o., fr. I y art. 11
Reposición por robo, pérdida o deterioro$983 pesosLFD, art. 8o. (párrafo de reposiciones)
Tripulación de crucero que no excede 21 díasSin pagoLFD, art. 11, fr. II, inciso b)

Para la vía terrestre, la ley prevé que si la estancia supera los siete días, el derecho se pague al salir del territorio nacional. En la práctica, quien ya sabe que se quedará más tiempo puede cubrirlo desde el principio: el INM acepta el pago en línea en el portal de la forma migratoria y también en los propios filtros.

Ejemplo con cifras: una familia que cruza por Piedras Negras

Henry y Claire son una pareja de maestros de San Antonio, Texas. Viajan en su camioneta con su hija de nueve años para pasar las fiestas de fin de año con la familia de Claire en Saltillo, Coahuila. Estarán 12 días.

Como cruzan por tierra y la estancia pasa de siete días, cada uno paga el derecho, sin importar la edad:

  • Derecho por persona: $983 pesos.
  • Personas que viajan: 3.
  • Total: 3 × $983 = $2,949 pesos.

Si su visita durara cinco días, no pagarían derecho por la estancia. Lo que sí tendrían que resolver aparte es el permiso de importación temporal de su vehículo, que es un trámite de Banjercito y no del INM; la guía del programa Héroes Paisanos explica cuándo se pide y cuánto cuesta.

Antes del viaje, Claire llena las tres solicitudes en el portal, con los datos de cada pasaporte, y lleva las tres impresiones. Con ellas y los pasaportes, el registro en el puente se reduce a la revisión del agente.

Cuántos días te dan y qué pasa si te quedas de más

El máximo legal son 180 días. El número que vale para ti es el que queda registrado en tu entrada, y conviene revisarlo antes de alejarte del filtro, sobre todo si tu viaje es largo.

Si te pasas del plazo, la Ley de Migración ofrece una salida ordenada. El artículo 134, fracción I, permite pedir la regularización si te autorizaron a entrar de forma regular y excediste la estancia, siempre que presentes la solicitud dentro de los 60 días naturales siguientes al vencimiento. El trámite tiene costo:

  • Una multa de 20 a 100 días de UMA (artículo 146 de la Ley de Migración). Con la UMA de 2026, de $117.31 diarios, va de $2,346.20 a $11,731 pesos.
  • El derecho por el estudio de la solicitud de regularización: $1,847.13 pesos (artículo 10 de la Ley Federal de Derechos).
  • El derecho de la condición de estancia que se te otorgue, según el artículo 8o.

Pasado ese plazo de 60 días, la situación se complica y depende de la valoración del INM. Si sabes que vas a necesitar más tiempo, lo prudente es acudir a una oficina del instituto antes de que se cumpla el plazo autorizado.

Si pierdes la FMM o te la roban

El Reglamento de la Ley de Migración prevé la reposición del documento migratorio en su artículo 162. Lo que se pide:

  1. Solicitud de trámite ante el INM.
  2. Pasaporte o documento de identidad y viaje válido.
  3. Comprobante de pago del derecho de reposición, que para la FMM es la misma cuota de $983 pesos.
  4. Si el robo o la pérdida ocurrió en México, comparecer en persona ante la autoridad migratoria, que levanta un acta de hechos.

Con la FMM digital del aeropuerto el riesgo de perder un papel desaparece, pero no el de quedarte sin el archivo: descárgala en cuanto puedas y guárdala en el correo o en la nube. Con la electrónica terrestre, lleva una copia adicional impresa; el INM pide presentarla en papel.

Errores frecuentes al tramitar la FMM

  • Datos distintos a los del pasaporte. Un apellido abreviado o una fecha cambiada provoca la negativa, y el agente no puede corregir la solicitud en el filtro.
  • Usar la tarjeta pasaporte para ir al interior. Solo vale en la franja fronteriza. Para viajar a Guadalajara o a la Ciudad de México hace falta el pasaporte.
  • Creer que la FMM permite trabajar. No lo permite. Para cobrar un sueldo en México se necesita otra condición; la guía de la visa de trabajo para extranjeros explica las opciones.
  • Tramitarla en sitios que no son del INM. La forma electrónica oficial está en el dominio inm.gob.mx. Una página con otro dominio que cobra una “gestión” no da un documento distinto ni más rápido.
  • Llenarla para un viaje que luego cambia. La FMM en línea es para una sola entrada; si el viaje se pospone o cambian los datos, lo seguro es generar una nueva.

Preguntas frecuentes

¿La FMM se puede renovar dentro de México?

No en el sentido de “sumar” otros 180 días. La condición de visitante sin permiso para trabajar dura como máximo 180 días ininterrumpidos. Si quieres quedarte más tiempo, la vía es cambiar a otra condición de estancia cuando la ley lo permite (por ejemplo, por vínculo familiar con una persona mexicana) o salir del país. Quien quiera vivir en México debe revisar los requisitos de la residencia temporal, que normalmente empiezan con una visa en un consulado.

¿Tengo que entregar la FMM al salir de México?

La guía del INM sobre la forma electrónica pide conservar la impresión porque te la pueden solicitar en el filtro migratorio de entrada y de salida. Con la versión digital de los aeropuertos ocurre lo mismo: tenla a la mano, en papel o en el teléfono, por si el agente la pide. Si viajas por tierra y te quedaste más de siete días sin haber pagado el derecho, a la salida es cuando se cobra.

¿Los niños pagan la FMM?

Sí. La Ley Federal de Derechos no exenta a las personas menores de edad del derecho de visitante. Por avión va incluido en su boleto y por tierra se paga cuando la estancia supera siete días. Para los menores, el formulario en línea pide además los datos del padre, la madre o la persona tutora, así que conviene llenarlo con sus pasaportes a la vista.

¿Cuánto tarda la FMM electrónica?

Según la guía del INM, el sistema genera el PDF en cuanto guardas la solicitud y presionas el botón de descarga; no hay una cita ni una ventanilla previa. La autorización real ocurre en el filtro migratorio, cuando el agente revisa tu pasaporte y el motivo del viaje. Si tu nacionalidad requiere visa, la FMM no la sustituye: sin visa vigente no se autoriza la entrada.

¿Mi esposo extranjero necesita FMM si vamos juntos a México?

Si no tiene residencia en México, sí: entra como visitante, con su pasaporte y su FMM, aunque viaje contigo. Si planean quedarse a vivir aquí, la Ley de Migración prevé la residencia por unidad familiar para cónyuges de personas mexicanas, que se tramita aparte. Para la visita, basta con la FMM y, en su caso, la visa que pida su nacionalidad.


Para el panorama de visas, residencias y trámites ante el INM, la guía de migración en México reúne todas las páginas del tema. Si el viaje es de regreso a casa con familia extranjera, la página del programa Héroes Paisanos completa lo que hay que saber en la frontera, y siempre puedes contrastar los datos en el portal del INM en gob.mx.

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