Las estancias ISSSTE, llamadas Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil (EBDI), cuidan a hijas e hijos de madres y padres que trabajan para el Estado desde los 60 días de nacidos hasta los seis años. La solicitud es gratuita, se hace en la Oficina Virtual del ISSSTE y el lugar depende del cupo.
Regresar a trabajar cuando el bebé apenas tiene dos meses obliga a resolver, con poco margen, quién lo va a cuidar. Si tú o tu pareja trabajan en una dependencia o entidad afiliada al ISSSTE, tienen derecho a este servicio, que la Ley del ISSSTE incluye en su artículo 196 entre los servicios sociales del Instituto.

La red del ISSSTE combina estancias propias, que opera el Instituto, con estancias contratadas a particulares. No todas las ciudades tienen una propia, y donde las hay el ingreso depende del cupo. Por eso conviene saber cómo funciona la solicitud antes de que termine la licencia.
Quién puede inscribir a tu hija o tu hijo
El servicio es para las personas trabajadoras al servicio del Estado que son derechohabientes del ISSSTE y tienen vigencia de derechos. El ISSSTE dice en su página oficial que las estancias atienden a «madres y padres de familia» por igual, para lograr una asistencia igualitaria de ambos derechohabientes.
Hay un matiz que conviene conocer. El Reglamento de los Servicios de Atención para el Bienestar y Desarrollo Infantil, aprobado por la Junta Directiva en 2012 y que sigue publicado, define como beneficiarias a las madres trabajadoras y, «por excepción», a los padres divorciados, viudos o que tengan la custodia exclusiva. La ficha oficial del trámite, en cambio, no pide ningún documento de custodia. Si eres papá y en tu delegación te piden ese documento, pregunta por escrito en qué disposición se basan.
Al niño o niña debes tenerlo registrado como beneficiario tuyo en el ISSSTE. Si todavía no lo das de alta, hazlo primero: el trámite se explica en alta de beneficiarios ISSSTE, y sin ese paso no podrás obtener la constancia de vigencia de derechos que te van a pedir.
Edades y secciones de las estancias ISSSTE
El Reglamento divide el servicio en tres secciones según la edad. El ciclo de servicio va de agosto de un año a julio del siguiente.
| Sección | Edad de la niña o el niño |
|---|---|
| Lactantes | De 60 días de nacido a 1 año, 6 meses y 29 días |
| Maternales | De 1 año y 7 meses a 2 años, 11 meses y 29 días |
| Preescolares | De 3 años hasta cumplir 6, o hasta que termine el ciclo que cursa al cumplirlos |
Si tu hija cumple seis años a mitad del ciclo, puedes mantenerla hasta julio, pero desde la quincena siguiente pagas una extensión equivalente al 25% del costo unitario anual, en proporción al tiempo que reste. Lo mismo ocurre si dejas de trabajar para el Estado por renuncia, cese o licencia sin goce de sueldo: puedes terminar el ciclo, pero pagando el 100% de ese costo proporcional. Los pagos son quincenales, por adelantado y en los tres primeros días hábiles de cada quincena.
Estancias propias, contratadas y para niños con discapacidad
Estancias propias. Son del ISSSTE y las opera su personal. La solicitud se hace en línea y la entrevista se agenda en la Oficina Virtual.
Estancias contratadas. Son guarderías particulares o de otras instituciones con las que la delegación firma un contrato cuando no hay lugar en una propia o no existe en la localidad. Deben tener incorporación oficial ante la SEP, dar servicio ocho horas diarias de lunes a viernes, respetar las mismas secciones por edad y dar alimentación conforme a la guía del Instituto. En estas, la delegación o la estancia te notifican la fecha de entrevista.
Organizaciones de la sociedad civil. Para niñas y niños con discapacidad que requieren atención especializada, el ISSSTE puede contratar organizaciones con capacidad técnica para ello. En ese caso, a la solicitud se suma una evaluación diagnóstica expedida por un especialista del Instituto.
Un detalle del Reglamento: si tu hijo entra en una estancia propia, no puede pasarse a una contratada salvo que cambies de domicilio o de centro de trabajo.
Paso a paso: cómo pedir lugar en una estancia
- Entra a la Oficina Virtual del ISSSTE con tu usuario y contraseña, o créalos ahí mismo.
- Registra la solicitud de ingreso y revisa tus datos. En línea solo puedes cambiar los de contacto; si tu nombre, CURP o RFC tienen un error, corrígelo en el área de Afiliación y Vigencia de tu delegación.
- Captura o revisa los datos de tu hija o hijo.
- Elige hasta tres estancias, propias o contratadas.
- Adjunta la documentación obligatoria y espera la validación. Después carga la complementaria y espera la segunda validación.
- Si elegiste una estancia propia, agenda en la misma Oficina Virtual la cita para la entrevista con el Equipo Interdisciplinario.
El ISSSTE se compromete a informarte el estatus en 24 horas. Si no hay lugar en ninguna de las estancias que elegiste, puedes quedarte en lista de espera, que la delegación atiende por orden de llegada, o aceptar otra estancia cercana con cupo. Las solicitudes se reciben en cualquier día del año, sin convocatoria. Para las estancias contratadas, el ISSSTE también acepta la solicitud en papel: la llenas y la entregas con tus documentos en la delegación o en la propia estancia.
La ficha oficial del trámite indica que para dudas puedes ir sin cita a la delegación o a la estancia de 9:00 a 15:00 horas, o llamar al 55 5140 9617, extensiones 16152 y 16107.
Documentos: los de la solicitud y los de la inscripción
Se piden en dos momentos. Primero, para que la solicitud se tenga por recibida; después, cuando ya te asignaron lugar.
| Momento | Documento (original y copia) |
|---|---|
| Solicitud | Acta de nacimiento de la niña o el niño |
| Solicitud | Constancia de vigencia de derechos del beneficiario |
| Solicitud | Constancia médica expedida por el ISSSTE en los 30 días naturales anteriores |
| Solicitud | Evaluación diagnóstica de un especialista del ISSSTE, solo si hay discapacidad |
| Inscripción | Identificación oficial vigente con fotografía |
| Inscripción | CURP de la niña o el niño y la tuya |
| Inscripción | Constancia de trabajo de recursos humanos con tu jornada y tu periodo vacacional |
| Inscripción | Cartilla Nacional de Vacunación con el esquema al día |
| Inscripción | Designación por escrito de dos personas autorizadas para recoger, con domicilio y teléfono |
| Inscripción | Fotografías tamaño infantil: 4 del niño, 3 tuyas y 3 de cada persona autorizada |
| Inscripción | Análisis de laboratorio de los 30 días anteriores: exudado faríngeo, examen general de orina y coproparasitoscópico en serie de tres |
La lista de inscripción viene del Reglamento de 2012 y puede haberse ajustado en la práctica, así que pide la lista vigente en la estancia que te asignaron. La constancia médica se saca en tu Clínica de Medicina Familiar: si tienes que pedir consulta, la guía de cita médica en el ISSSTE explica cómo agendarla por portal o app. Y si la cartilla tiene vacunas atrasadas, revisa el esquema de la Cartilla Nacional de Vacunación antes de la entrevista.
Ejemplo: una enfermera de Mérida que regresa de su licencia
Pongamos que Lucía es enfermera en un hospital del ISSSTE en Mérida, con un sueldo básico de $14,000 mensuales. Su hijo Emiliano nació el 3 de marzo de 2026. Sesenta días después, el 2 de mayo, ya tiene la edad mínima para la sección de lactantes.
Lo que le conviene hacer es empezar el trámite antes de que termine su licencia:
- En abril pide la constancia médica de Emiliano en su clínica, para que tenga menos de 30 días al presentar la solicitud.
- Con la constancia de vigencia de derechos y el acta de nacimiento, registra la solicitud en la Oficina Virtual y elige tres estancias: la más cercana al hospital, una cerca de su casa y una contratada.
- Si en 24 horas le dicen que no hay lugar en ninguna, se anota en lista de espera y sigue buscando una alternativa.
¿Cuánto paga Lucía? El trámite es gratuito. El servicio se financia con el fondo de servicios sociales y culturales del ISSSTE, al que ella ya aporta, use o no la estancia, una cuota del 0.5% de su sueldo básico: $14,000 × 0.005 = $70 al mes, descontados por nómina. Su dependencia aporta otro 0.5% y, además, por ley cubre el 50% del costo unitario de cada hijo inscrito (artículo 199 de la Ley del ISSSTE). El costo unitario lo fija cada año la Junta Directiva y no está publicado en la ficha del trámite.
Para calcular cuándo termina tu licencia y planear la fecha de ingreso, la guía de licencia por maternidad ISSSTE lo explica con el fundamento legal.
El día a día: horarios, filtro de salud y causas de baja
La recepción es entre las 7:00 y las 8:00 de la mañana; la hora de salida la fija cada delegación. Cada mañana el personal hace un filtro clínico: revisa cómo amaneció la niña o el niño, pregunta por su salud de las últimas 12 horas y comprueba que llegue aseado. No deben llevar comida, juguetes, joyas, pasadores ni objetos pequeños.
Si detectan fiebre, infección de vías respiratorias, conjuntivitis, otitis, gastroenteritis, piojos u otra condición contagiosa, te entregan una constancia de suspensión temporal para que lo atiendan en tu clínica. Tampoco pueden darle medicamentos controlados, inyecciones, vacunas ni gotas para ojos u oídos; para otros medicamentos necesitas receta de los 10 días anteriores con los datos del médico.
El Reglamento prevé la baja del servicio en cuatro casos:
- Cinco incumplimientos de las reglas dentro del mismo ciclo (antes hay amonestación y suspensiones de 5, 7 y 10 días hábiles).
- Dejar de estar afiliado y no pagar el costo correspondiente.
- Más de seis faltas sin aviso ni justificación en un periodo de 20 días hábiles.
- Documentos o datos falsos.
Para seguir el siguiente ciclo hay que reinscribirse: la solicitud se abre en abril y los papeles (nuevos análisis, fotografías y constancia de trabajo actualizada) se entregan a más tardar el 30 de junio.
Preguntas frecuentes
¿Las estancias ISSSTE tienen costo para el trabajador?
El trámite de ingreso es gratuito y no hay una colegiatura mensual publicada para los hijos de trabajadores activos. El servicio se paga con la cuota del 0.5% del sueldo básico que ya se descuenta a todos los trabajadores para servicios sociales y culturales, con la aportación de la dependencia y con el 50% del costo unitario que la dependencia cubre por cada niño inscrito. Solo pagas directamente la extensión después de los seis años o si dejas de trabajar a mitad del ciclo.
¿Qué hago si no hay lugar en la estancia que quiero?
Tienes dos caminos: quedarte en la lista de espera, que la delegación lleva por orden cronológico y que te avisa en cuanto se libera un lugar, o aceptar otra estancia cercana con cupo, propia o contratada. Al registrar la solicitud elige tres opciones, no una: así aumentas las posibilidades de entrar a tiempo. Puedes preguntar por tu turno en la delegación de 9:00 a 15:00 horas.
¿Puedo inscribir a mi hijo si soy pensionada del ISSSTE?
El servicio está pensado para personas trabajadoras en activo: el Reglamento pide una constancia de trabajo con tu jornada y tu periodo vacacional, y si dejas de estar incorporado al régimen por renuncia, cese o licencia sin goce de sueldo, solo puedes terminar el ciclo pagando el costo. Con una pensión ya no hay jornada laboral que acreditar, así que no es la vía. Confírmalo en tu delegación si tu caso es especial.
¿Qué pasa si mi hija tiene una discapacidad?
Puede inscribirse. A la solicitud agregas una evaluación diagnóstica expedida por un especialista del ISSSTE, y la delegación determina si la atiende una estancia con capacidad técnica o una organización de la sociedad civil contratada para ello. Si tiene un padecimiento congénito o metabólico, la constancia médica también debe expedirla un especialista del Instituto.
¿Cómo me comunico con el área de estancias?
La ficha oficial da el teléfono 55 5140 9617, extensiones 16152 y 16107, del área de Servicios Educativos para Estancias. También puedes ir sin cita a tu delegación estatal o regional, o directamente a la estancia que te interesa, de 9:00 a 15:00 horas. Si ya registraste la solicitud, ten a la mano tu CURP y la de tu hija o hijo para que localicen el trámite.
En la sección del ISSSTE tienes reunidos los trámites de afiliación, salud, préstamos y pensiones. Si estás por regresar al trabajo, empieza por dar de alta a tu hijo como beneficiario para que su vigencia de derechos esté lista antes de la solicitud.
