La regulación fintech en México descansa en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera de 2018. Solo reconoce dos figuras, las de financiamiento colectivo y las de fondos de pago electrónico, que necesitan autorización de la CNBV. Si te falla, la reclamas primero en su unidad de atención y después ante la CONDUSEF.
“Fintech” se usa para casi cualquier empresa financiera que funciona desde el celular: la app donde guardas tu saldo, la tarjeta que pediste en línea, la plataforma que presta a pequeñas empresas o la aplicación que te ofrece un crédito en cinco minutos. Para la ley no son lo mismo. Algunas son bancos, otras son sociedades financieras populares, otras son instituciones de tecnología financiera y muchas son simples prestamistas que no necesitan permiso de nadie para operar.

Esa diferencia decide tres cosas que importan cuando algo sale mal: quién supervisa a la empresa, si tu dinero tiene algún seguro y ante quién reclamas. Aquí tienes cómo distinguirlas y qué hacer en cada caso.
Qué es una fintech para la ley mexicana
La ley que regula el sector se publicó en el Diario Oficial el 9 de marzo de 2018 y su única reforma de 2025 fue procesal: tocó la forma de valorar pruebas, no las autorizaciones ni las garantías. Su artículo 4, fracción XVI, define a las instituciones de tecnología financiera (ITF) como solo dos tipos de empresa:
- Instituciones de financiamiento colectivo (IFC). Ponen en contacto a personas que invierten con personas o empresas que buscan dinero. Pueden ser operaciones de deuda (préstamos), de capital (compras de acciones de la empresa solicitante) o de copropiedad y regalías. Es lo que se conoce como crowdfunding.
- Instituciones de fondos de pago electrónico (IFPE). Emiten y administran dinero electrónico: abres una cuenta en la app, recibes y envías transferencias y retiras tu saldo cuando quieras.
Para operar, cualquiera de las dos necesita autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo acuerdo de un comité donde votan representantes de la Secretaría de Hacienda, del Banco de México y de la propia CNBV (artículos 11 y 35). La ley también protege el nombre: solo una empresa autorizada puede llamarse “institución de fondos de pago electrónico” o “institución de financiamiento colectivo”, y esa leyenda debe figurar en su razón social (artículo 12).
Hay una tercera vía, los llamados modelos novedosos. Son permisos temporales para probar un servicio nuevo, de hasta dos años con una prórroga de uno más si la empresa está tramitando su autorización definitiva (artículo 80). No convierten a la empresa en ITF.
Banco digital, SOFIPO, IFPE o prestamista: la tabla que lo aclara
Que una app sea moderna no dice nada de su figura legal. En el padrón de la CNBV conviven bancos nacidos en el celular, sociedades financieras populares con marca digital y empresas de pago electrónico. Esta tabla resume lo que cambia entre cada una.
| Figura | Quién la autoriza o registra | ¿Paga rendimientos por tu saldo? | ¿Tiene seguro de depósitos? | Dónde reclamas |
|---|---|---|---|---|
| Banco (banca múltiple), incluidos los digitales | CNBV | Sí, según el producto | Sí, IPAB hasta 400,000 UDIS por persona y banco | Unidad especializada del banco y CONDUSEF |
| Sociedad financiera popular (SOFIPO) | CNBV | Sí, según el producto | Sí, Fondo de Protección hasta 25,000 UDIS | Unidad especializada y CONDUSEF |
| Institución de fondos de pago electrónico (IFPE) | CNBV con Banco de México | No, la ley se lo prohíbe | No | Unidad especializada y portal Fintech de CONDUSEF |
| Institución de financiamiento colectivo (IFC) | CNBV | Rendimientos estimados, no asegurados | No | Unidad especializada y portal Fintech de CONDUSEF |
| SOFOM no regulada (muchas apps de crédito) | Registro en CONDUSEF; la CNBV solo revisa lavado de dinero | No capta ahorro | No | Unidad especializada y CONDUSEF |
| Prestamista sin registro | Nadie | — | No | PROFECO y, si hay engaño o extorsión, la Fiscalía |
Al 22 de octubre de 2026 el Padrón de Entidades Supervisadas de la CNBV mostraba 51 instituciones de fondos de pago electrónico y 26 de financiamiento colectivo en operación: 77 ITF en total. En el mismo corte había 54 bancos, 33 SOFIPO y 2,264 SOFOM no reguladas.
Lo que más confunde son las marcas conocidas. En ese padrón, varias apps que mucha gente llama “fintech” aparecen como bancos con licencia completa, y otras como sociedades financieras populares. Las cuentas de dinero electrónico de algunas tiendas y plataformas de pago, en cambio, son IFPE. Si quieres saber en qué casilla está la tuya, búscala tú en el padrón en vez de fiarte de la publicidad; más abajo está el paso a paso.
¿Mi dinero en una app fintech está protegido?
Depende de la figura, y en las ITF la respuesta es no. El artículo 11 de la ley dice que ni el Gobierno Federal ni las entidades paraestatales pueden responsabilizarse o garantizar los recursos de los clientes de una ITF, y obliga a la empresa a decirlo en su página, en la app, en su publicidad y en los contratos. El IPAB, que es un organismo paraestatal, solo cubre depósitos y créditos bancarios (artículo 6 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario).
Además, lo que guardas en una IFPE no es un depósito bancario y no puede generar intereses ni otro beneficio en dinero (artículo 29). Si una “cuenta digital” te promete un rendimiento, detrás hay un banco, una SOFIPO u otro producto distinto del dinero electrónico, y conviene averiguar cuál antes de dejar ahí tus ahorros.
Las disposiciones de la CONDUSEF para estas empresas, publicadas en 2019, exigen leyendas visibles en la carátula del contrato. Búscalas antes de aceptar:
- Para cualquier ITF: los recursos de los usuarios “no se encuentran garantizados por ninguna autoridad”.
- En financiamiento colectivo: los rendimientos son estimados y no están asegurados.
- En inversiones de capital en empresas nuevas: puedes perder tu inversión totalmente.
- En fondos de pago electrónico: el saldo no genera rendimientos.
Ejemplo: tres cuentas, tres niveles de protección
Pongamos que Rodrigo, diseñador gráfico en Querétaro, tiene $500,000 pesos en un banco digital, $250,000 en una SOFIPO que le paga buen rendimiento y $18,000 en una cuenta de dinero electrónico que usa para cobrar a sus clientes.
Con la UDI en torno a $8.85 pesos (octubre de 2026), el seguro del IPAB cubre aproximadamente $3,539,060 pesos por persona en cada banco, así que sus $500,000 quedan protegidos completos. El Fondo de Protección de las SOFIPO cubre 25,000 UDIS, unos $221,191 pesos: si esa sociedad quebrara, cerca de $28,809 pesos de Rodrigo quedarían fuera del seguro. Y los $18,000 de la IFPE no tienen seguro alguno: si la empresa cae, no hay un fondo público que responda por ellos.
La lección práctica es sencilla. Una app de pagos sirve para mover dinero; para ahorrar cantidades grandes, revisa qué figura tiene y cuánto cubre su seguro.
Paso a paso: comprueba si una fintech está autorizada
- Entra al Padrón de Entidades Supervisadas de la CNBV y escribe el nombre corto de la empresa en el buscador, o elige el sector “Instituciones de fondos de pago electrónico” o “Instituciones de financiamiento colectivo” para ver la lista completa.
- Compara la razón social. El nombre comercial casi nunca coincide con el legal: la marca de una app de pagos de una cadena de tiendas puede estar registrada con un nombre que no se parece en nada. Busca la razón social en el aviso de privacidad o en el contrato de la app.
- Revisa que la razón social incluya “Institución de Fondos de Pago Electrónico” o “Institución de Financiamiento Colectivo”. Sin esa leyenda, no es una ITF, aunque se anuncie como tal.
- Consulta también el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) de la CONDUSEF, donde aparecen las ITF autorizadas y en operación y también las SOFOM con registro vigente.
- Si la empresa no aparece en ninguno de los dos, no está autorizada como entidad financiera. Puede ser un prestamista legal sin registro o un fraude, pero en ningún caso tendrá el respaldo de las autoridades financieras.
Un matiz que suele confundir: que una empresa salga en el padrón no significa que la CNBV vigile todo lo que hace. Las SOFOM no reguladas aparecen ahí, pero la comisión solo revisa que cumplan las normas contra el lavado de dinero, no sus tasas ni su trato a los clientes.
Otro detalle: una autorización publicada en prensa no equivale a operar. La ley obliga a la empresa autorizada a acreditar capital, consejeros e infraestructura al menos treinta días hábiles antes de empezar (artículo 40), y el padrón solo muestra entidades ya en operación.
Cómo presentar una queja contra una fintech
La ley de protección a usuarios cuenta a las ITF como instituciones financieras (artículo 2, fracción IV), así que la CONDUSEF atiende sus reclamaciones igual que las de un banco. El orden recomendable es este.
Primero, la unidad especializada de la empresa. Toda institución financiera debe tener una Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE), que responde por escrito en un máximo de treinta días hábiles; presentar ahí la reclamación suspende el plazo de prescripción. Si la fintech no tiene sucursales, su UNE está dentro de la app o en su página. Guarda el folio y las capturas de pantalla.
Después, el portal Fintech de la CONDUSEF. Si no te responden o no estás de acuerdo, entra a fintech.condusef.gob.mx y elige registrar la queja. El formulario pide tu nombre, CURP, correo, teléfono, domicilio e identificación; de la empresa, el producto, el número de cuenta o contrato, el monto y lo que pasó. Los documentos van en PDF: identificación por ambos lados, un estado de cuenta con tu nombre y la evidencia que tengas.
Hay un requisito que deja fuera a mucha gente: la queja por este portal exige la e.firma del SAT vigente, y la vas a necesitar durante toda la conciliación. Si no la tienes, la alternativa es el Centro de Contacto de la CONDUSEF, en el 55 5340 0999 o el 800 999 8080, para pedir orientación o cita.
El correo asesoriafintech@condusef.gob.mx sirve para dudas, no para quejas: lo que mandes ahí no inicia un trámite.
A partir de ahí el proceso es el mismo que con cualquier banco: gestión, audiencia de conciliación, dictamen si no hay acuerdo y, si la empresa aceptó el arbitraje para ese producto, arbitraje. Tienes dos años para reclamar. En la guía para presentar una queja ante la CONDUSEF están los plazos de cada etapa y lo que puede y no puede ordenar la comisión.
Si te sirve como referencia antes de contratar, el Buró de Entidades Financieras publica las reclamaciones y la calificación de cada institución. En el cuarto trimestre de 2025, según la CONDUSEF, el índice de atención a usuarios fue de 9.45 sobre 10 en las IFPE y de 9.38 en las de financiamiento colectivo.
¿Qué pasa si la app no está autorizada?
Aquí cambian las reglas, y conviene saberlo antes de perder tiempo en la ventanilla equivocada.
- Si es una app de préstamos sin registro. Dar crédito no requiere autorización del gobierno (artículo 87-B de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito), así que muchas aplicaciones operan sin ser entidades financieras. La CONDUSEF solo atiende a las que tienen registro; si la empresa no lo tiene, el propio portal Fintech remite a la PROFECO. Si te amenazan, exhiben tus contactos o cobran con extorsión, denúncialo ante la Fiscalía de tu estado.
- Si dice ser ITF y no lo es. Ostentarse ante el público como institución de tecnología financiera sin autorización es delito, con prisión de uno a seis años (artículo 129). Operar como ITF sin permiso se castiga con siete a quince años (artículo 124).
- Si suplantan a una fintech real o a una autoridad. El artículo 130 castiga con tres a nueve años de prisión a quien se haga pasar por una autoridad financiera, por una ITF o por sus empleados. Es la figura detrás de muchos mensajes que piden “verificar tu cuenta”.
En la guía de fraudes financieros más comunes tienes qué hacer en la primera hora si ya diste tus datos.
Criptomonedas: lo que una fintech no puede ofrecerte
Muchas personas asocian fintech con bitcoin, pero la regulación va en otra dirección. La ley define los activos virtuales y permite a las ITF operar solo con los que determine el Banco de México y con su autorización previa (artículo 30). La Circular 4/2019 de Banxico limita a bancos e ITF a usarlos en operaciones internas y les impide ofrecer a sus clientes la compra, custodia o intercambio de criptomonedas.
En un comunicado conjunto de junio de 2021, Banxico, Hacienda y la CNBV recordaron que los activos virtuales no son moneda de curso legal ni divisas y que las instituciones financieras del país no están autorizadas a ofrecer esas operaciones al público. Una plataforma que compra y vende criptomonedas para ti, por tanto, no lo hace como ITF autorizada para ello y no tiene el respaldo de ninguna autoridad financiera.
Preguntas frecuentes
¿Las fintech están supervisadas por la CONDUSEF?
La CONDUSEF protege a los usuarios de las ITF: recibe sus reportes, atiende reclamaciones y puede multarlas con 200 a 1,000 UMA, entre $23,462 y $117,310 pesos con el valor de 2026 (artículo 109). Quien las autoriza y supervisa es la CNBV, junto con el Banco de México en el caso de las de pago electrónico. Si la “fintech” es en realidad un banco o una SOFIPO, la supervisión es la de esas figuras.
¿Cómo sé si mi cuenta digital es de un banco o de una IFPE?
Revisa la razón social en el contrato o en el aviso de privacidad y búscala en el padrón de la CNBV, que indica el sector de cada entidad. Una pista rápida: si la cuenta te paga intereses por tu saldo, no es una IFPE pura, porque la ley les prohíbe pagarlos. Los bancos digitales aparecen como “instituciones de banca múltiple” y sus depósitos tienen seguro del IPAB.
¿Puedo quejarme ante la CONDUSEF sin e.firma?
Por el portal Fintech, no: la e.firma del SAT es requisito para registrar la queja y para todo el proceso de conciliación. Puedes llamar al Centro de Contacto de la CONDUSEF para recibir orientación y pedir una cita presencial. Mientras tanto, presenta la reclamación en la unidad especializada de la empresa: además de darle la oportunidad de resolver, detiene el plazo de prescripción.
¿Qué pasa con mi dinero si una IFPE cierra?
No hay seguro de depósitos que lo cubra. La ley prohíbe que el gobierno o una entidad paraestatal como el IPAB garanticen los recursos de los clientes de una ITF, y el saldo de una IFPE ni siquiera cuenta como depósito bancario. Por eso conviene usar estas cuentas para pagos y transferencias, no para guardar ahorros grandes. Si la empresa deja de responder, reclama cuanto antes en su unidad especializada y en la CONDUSEF.
¿Una app de préstamos necesita permiso de la CNBV?
No necesariamente. Prestar dinero no exige autorización, y muchas apps de crédito son SOFOM no reguladas, con registro en la CONDUSEF y una supervisión de la CNBV limitada a prevenir el lavado de dinero. Antes de pedir un crédito, búscala en el SIPRES y revisa el costo anual total; si no aparece, la CONDUSEF no podrá ayudarte con una queja.
¿Es legal invertir en una plataforma de crowdfunding?
Sí, si es una institución de financiamiento colectivo autorizada. Al 22 de octubre de 2026 había 26 en operación según la CNBV. Ten presente que los rendimientos que anuncian son estimados, que no hay seguro de depósitos y que en las inversiones de capital en empresas nuevas puedes perder todo lo invertido; el contrato debe advertírtelo con esas palabras.
Para el panorama completo de lo que hace la comisión, revisa la guía de la CONDUSEF. Y si dudas entre reclamar ante la CONDUSEF o ante la PROFECO, la comparativa de PROFECO y CONDUSEF te dice a cuál le toca cada caso.
