Aduana al llegar a México: franquicias

La franquicia de la aduana en México es de 500 dólares por persona en 2026, llegues en avión, por carretera o en barco. Es lo que puedes traer en compras sin pagar impuestos, aparte de tu equipaje personal. La familia que llega junta suma sus franquicias, pero alcohol y tabaco nunca entran en ella.

Volver de un viaje con regalos, ropa nueva o una pantalla comprada en oferta genera siempre la misma duda frente al semáforo de la aduana: ¿hay que declarar o no? La respuesta está en las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2025 y vigentes desde el 1 de enero. Las aplica la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), y separan tres cosas que conviene no mezclar: el equipaje, la franquicia y lo que se paga con una tasa fija.

Aduana al llegar a México: franquicias

Revisamos además la resolución de modificaciones publicada el 22 de septiembre de 2026: no cambió las reglas de pasajeros.

Equipaje, franquicia y lo que se paga: tres cajones distintos

El error más común es pensar que los 500 dólares cubren todo lo que traes. No es así. Tu equipaje personal va aparte y no cuenta para ese límite; la franquicia es solo para las mercancías “distintas del equipaje”, como regalos o compras.

ConceptoQué incluyeLímiteImpuestos
Equipaje (regla 3.2.3, fr. I)Ropa, calzado, aseo, artículos de bebé, electrónicos personales en las cantidades que fija la reglaPor número de piezas, no por valorNinguno
Franquicia (regla 3.2.3, fr. II)Regalos, compras y demás mercancías distintas del equipaje500 dólares por persona; acumulable en familiaNinguno
Tasa global (regla 3.2.2)Lo que excede la franquicia, con comprobanteHasta 3,000 dólares (4,000 si incluye equipo de cómputo)19% sobre el excedente
Importación formalLo que pase de esos topes o requiera permisosSin topeCon agente aduanal, por la aduana de carga

Las cantidades se expresan en dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional o extranjera. Para acreditar el valor de lo que compraste, la regla pide “documentación comprobatoria”: guarda tickets y facturas.

Qué cuenta como equipaje y no paga nada

La regla 3.2.3 enumera lo que se considera equipaje, nuevo o usado, siempre que vaya acorde a la duración del viaje y lo traigas contigo. Lo más consultado:

  • Ropa, calzado y productos de aseo y belleza, incluido un ajuar de novia.
  • Artículos para bebé: silla, cuna portátil, carriola, andadera y sus accesorios.
  • Hasta tres celulares, dos tabletas, dos laptops, dos cámaras fotográficas o de video, un GPS y una impresora portátil.
  • Una consola de videojuegos, cinco videojuegos y cinco juguetes.
  • Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca y dos instrumentos musicales.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Medicamentos de uso personal y aparatos para medir presión o glucosa. Si son psicotrópicos, lleva la receta.
  • Para adultos mayores y personas con discapacidad, andaderas, sillas de ruedas, muletas o bastones.

Para mayores de 18 años, el equipaje admite hasta 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y 6 litros de vino. Si traes más, el exceso no se puede cubrir con la franquicia: se paga con la tasa global de la regla 3.2.2.

La misma regla permite entrar hasta con tres mascotas (perros, gatos y otras especies de compañía que enumera) sin pagar impuestos, presentando el certificado zoosanitario de la SADER. Los requisitos sanitarios los fija el SENASICA, así que revisa su portal antes de viajar con animales.

La franquicia de 500 dólares, caso por caso

La fracción II de la regla 3.2.3 fija la franquicia en 500 dólares “con independencia de que el pasajero ingrese al país por vía terrestre, aérea o marítima”. La regla vigente no distingue entre quien llega por carretera y quien llega en avión, aunque algunas guías viejas todavía hablan de un monto menor por vía terrestre.

Tres condiciones la acompañan:

  • No cubre alcohol, tabaco ni combustible, salvo la gasolina del tanque del vehículo.
  • Se acumula en familia si sus integrantes llegan al mismo tiempo y en el mismo medio de transporte. Una familia de cuatro que aterriza junta tiene 2,000 dólares.
  • Hay que poder probar el valor con tickets o facturas.

Si vienes de la franja o región fronteriza

Quien cruza de la frontera norte o de la región fronteriza hacia el interior del país también es pasajero para la aduana. La regla da 500 dólares para mercancías compradas en esa zona, siempre que lo acredites con un comprobante fiscal expedido ahí, y también se acumulan en familia. Durante los periodos del programa Héroes Paisanos que publique la ANAM, quien viaja de la franja al interior conserva igualmente 500 dólares de franquicia. Cómo funciona el programa y qué apoyos da en el camino lo explica la guía de apoyo a paisanos.

Si regresas a vivir a México desde Estados Unidos

Las personas mexicanas repatriadas o en retorno desde Estados Unidos, registradas ante el INM, tienen un trato especial en la regla 3.2.11: franquicia de 1,000 dólares acumulable en familia y la posibilidad de traer por única vez, además del equipaje, una lista de aparatos usados del hogar (estufa, refrigerador, lavadora, secadora, microondas, entre otros) y las herramientas de su oficio hasta por 5,000 dólares. Si es tu caso, la guía de regreso a México tras una deportación explica los otros trámites de esa llegada.

Ejemplos: cuándo se paga y cuánto

Pongamos que Andrés, diseñador gráfico de León, vuelve solo de Dallas con una pantalla que le costó 950 dólares, con su ticket. Su franquicia cubre 500, así que el excedente es de 450 dólares. Con la tasa global del 19%, paga 85.50 dólares, en su equivalente en pesos.

La familia Ortega, de Guadalajara, regresa de Houston en el mismo vuelo: los padres y dos hijos. Entre todos traen 1,700 dólares en ropa, juguetes y un horno de microondas. Como llegan juntos, sus franquicias suman 2,000 dólares y no pagan nada; tampoco cuentan para el límite las dos laptops y los celulares de uso personal, que son equipaje.

Distinto es el caso de Mariana, enfermera de Tijuana, que llega en avión a la Ciudad de México desde Los Ángeles con una bicicleta de 1,300 dólares. El excedente sobre su franquicia es de 800 dólares, y el 19% da 152 dólares. Como no pasa de 3,000 dólares ni requiere permisos especiales, puede pagarlo en la propia aduana sin agente aduanal.

Cómo se paga el excedente y qué carril tomar

La regla 3.2.6 organiza la revisión en dos carriles, que cada aduana implementa conforme lo da a conocer en el portal del SAT:

  1. “Nada que declarar”, si solo traes equipaje y mercancías dentro de tu franquicia. No llenas formato ni activas el mecanismo de selección.
  2. “Auto declaración”, si traes algo más. Describes la mercancía y pagas las contribuciones en ese momento, con la tasa global del 19%.

El pago se hace en la aduana de entrada con el formato D7, en las terminales punto de venta del personal aduanero con tarjeta, o por adelantado con el formato electrónico FCF del portal del SAT, pagando en el banco o por internet. El pago anticipado tiene vigencia de 30 días naturales. En todos los casos es definitivo: no se deduce, no se acredita y no se devuelve.

La regla 3.2.2 fija tasas especiales cuando se excede lo que permite el equipaje: hasta seis litros de bebidas alcohólicas o vino pagan 114%, hasta 40 cajetillas de cigarros 691% y hasta 50 puros 401%. Por encima de eso, la importación debe hacerse con agente aduanal; si lo que traes es mercancía para vender, el camino es el de importar productos con padrón y pedimento.

Lo que no puede entrar con este procedimiento son las mercancías sujetas a permisos o normas (las llamadas regulaciones y restricciones no arancelarias) ni las de difícil identificación, como polvos o líquidos que requieren análisis.

En vuelos internacionales con escala, la regla 3.2.4 establece que tu equipaje se revisa en el primer aeropuerto mexicano al que llegas, salvo que la aerolínea tenga autorización para que la revisión se haga en el destino final. Pregunta a tu aerolínea si tendrás que recoger maletas en la escala.

¿Qué pasa si no declaras y te revisan?

Si en la revisión aparece mercancía que debiste declarar, la aduana levanta un acta e inicia el procedimiento administrativo en materia aduanera. Cuando la irregularidad es solo que faltó pagar contribuciones, el valor total no pasa de 3,000 dólares y estás de acuerdo, la regla 3.2.2 permite cerrar el asunto en el momento: la autoridad calcula lo omitido y la multa, pagas y te entregan tus cosas. Las contribuciones y la multa juntas no pueden superar el 116% del valor de la mercancía.

Si lo que traes pasa de 3,000 dólares, ya no hay salida rápida: se sigue el procedimiento completo con todas sus formalidades. Y si la mercancía requería un permiso que no tienes, puedes declarar su abandono después de pagar la multa; si no, también se abre el procedimiento.

Declarar sale casi siempre más barato que esconder. Con la tasa del 19%, el excedente de Andrés costó 85.50 dólares; un procedimiento por omisión puede llegar a más del doble.

Efectivo y documentos: el límite de 10,000 dólares

Traer dinero no está prohibido, pero hay que declararlo si supera cierto monto. Según la regla 3.2.6, las cantidades en efectivo, cheques, órdenes de pago u otros documentos por cobrar que, sumados, pasen del equivalente a 10,000 dólares estadounidenses se declaran en el formato D4 al entrar o salir del país. El límite cuenta todas las monedas juntas, no cada una por separado.

Si lo que planeas es depositar dólares al llegar, revisa antes las reglas de la cuenta en dólares en México: depositar efectivo en dólares tiene límites propios.

Preguntas frecuentes

¿La franquicia es de 500 o de 300 dólares si llego por carretera?

Es de 500 dólares en cualquier caso. La regla 3.2.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 dice expresamente que el monto aplica “con independencia de que el pasajero ingrese al país por vía terrestre, aérea o marítima”. Si encuentras guías que dan un monto menor para la vía terrestre, están desactualizadas respecto al texto de 2026. Si vienes de la franja fronteriza, los 500 dólares aplican a compras hechas ahí con comprobante fiscal.

¿Los regalos que me dieron cuentan para la franquicia?

Sí. Cualquier mercancía que no sea tu equipaje personal entra en la franquicia, la hayas comprado o te la hayan regalado. La regla pide acreditar el valor con documentación comprobatoria, así que conviene conservar algún comprobante cuando sea posible; sin él, demostrar que no rebasas el límite se complica. Lo que no cuenta son la ropa, los artículos de aseo y los aparatos personales que la regla incluye como equipaje.

¿Un celular nuevo paga impuestos?

No, mientras no traigas más de tres equipos de telefonía celular. La regla 3.2.3 los incluye en el equipaje, nuevos o usados, igual que dos tabletas y dos laptops. Si traes un cuarto celular, ese ya cuenta contra tu franquicia de 500 dólares, y si la rebasas, pagas el 19% sobre el excedente. Guarda la caja y el ticket por si te piden demostrar el valor.

¿Puedo juntar la franquicia con mi pareja si viajamos en vuelos distintos?

No. La regla permite acumular las franquicias de los integrantes de una misma familia solo si llegan al país al mismo tiempo y en el mismo medio de transporte. Si tu pareja aterrizó en otro vuelo, cada uno tiene sus 500 dólares por separado. Lo mismo pasa en carretera: tienen que cruzar juntos, en el mismo vehículo.

¿Y si soy extranjero y vengo de visita?

La franquicia y las reglas de equipaje aplican a todos los pasajeros, residentes en México o en el extranjero. Lo que cambia es el trámite migratorio, que es distinto del aduanal: según tu país y la vía de entrada, puede tocarte la Forma Migratoria Múltiple.


El texto completo de las reglas está en la publicación del DOF del 27 de diciembre de 2025, y la ANAM publica en su portal los formatos de declaración para pasajeros. Si tu viaje tuvo un problema con la aerolínea, revisa los derechos del pasajero aéreo, y en la sección de trámites y temas populares encontrarás otras guías útiles para antes y después de viajar.

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